Para la Secretaría de Trabajo es la Justicia quien debe determinar la ilegalidad del paro del SOEME
Así lo determinó un dictamen del Director General de Asuntos Legales de la Secretaría de Trabajo. La discusión entra en una etapa especialmente complicada, con el paro vigente, servicios afectados y a pocos días de la nueva liquidación de sueldos.
El Sindicato de Obreros y Empleados Municipales de Esquel (SOEME) concretó este viernes su tercer día de retención de servicios en el municipio ante la falta de acuerdo salarial y las intimaciones de la Secretaría de Trabajo del Chubut.
En el marco de la asamblea realizada en la mañana de este viernes en el patio de la municipalidad, el asesor legal del SOEME, Esteban Rimoldi, explicó a los empleados municipales los alcances del pedido del municipio sobre la legalidad de la medida de fuerza.
“Quiero transmitirles tranquilidad en cuanto a la situación legal de esta medida, por supuesto que los aprietes siempre están y están viniendo por parte de la Secretaría de Trabajo, lo que no es una novedad, pero los vamos a resistir y vamos a dar la pelea en la parte técnica como la estamos dando acá en el patio”, expresó.
Luego de esto, se conoció una nota enviada a los funcionarios municipales dando a conocer la respuesta de la Dirección General de Asuntos Legales de la Secretaría de Trabajo de Chubut a la solicitud del municipio de Esquel.
En esa nota dirigida a la Subsecretaria de Coordinación de Gabinete de la municipalidad de Esquel, Rocío Ferré, la Secretaría de Trabajo marcó que el SOEME tiene simple personería jurídica para actuar.
El dictamen concluye que “en base a la normativa vigente, el SOEME no presentó la Certificación de Autoridades de la Secretaría de Trabajo dependiente del Ministerio de Capital Humano, razón por la cual carece de poder para representar a sus afiliados”. Consultado sobre este tema el asesor legal del gremio respondió que esta situación está enmarcada en el cambio impuesto en el Ministerio de Trabajo ahora dentro del Ministerio de Capital Humano, y que la demora no es atribuible al SOEME.
Pero la nota firmada por el Director General de Asuntos Legales de la Secretaría de Trabajo, agrega un dato más que resulta clave en este derrotero de discusiones: señala que, “en relación a la declaración de ilegalidad de las medidas de acción directa (retención de servicios), la doctrina opina que tales sanciones solo pueden ser declaradas por la justicia”.
De esta manera, cierra una semana que tiene el conflicto probablemente en su momento más álgido. Lo que viene para el municipio es resolver alguna mecánica para atender los servicios más urgentes, entre ellos la recolección de residuos y mientras tanto definir si va a la justicia.
Un dato que no es menor, entramos en la semana final del mes, la semana de liquidación de sueldos. La pregunta es ¿con qué montos?