Ley Nacional de Tránsito
Si hay cambios en el DNI deben ser replicados en la Licencia de Conducir
El trámite debe realizarse dentro de los 90 días de realizado el cambio. Superado ese plazo, perderá vigencia y figurará como vencida.
La Municipalidad de Esquel, a través de la Secretaría de Gobierno y el Área de División Licencias de Conducir; recuerda que se encuentra vigente el Articulo 18 de la Ley Nacional de Tránsito N° 24.449, donde se establece que cualquier cambio en el DNI implica el cambio también en los datos de la Licencia de Conducir.
La licencia de conducir caduca a los noventa días de que el titular de la misma haya realizado un cambio de domicilio y jurisdicción en su Documento Nacional de Identidad (DNI).
En caso de no realizarse, la licencia de conducir vencerá en el sistema; y con posterioridad su titular deberá volver a proceder a cumplir con todos los exámenes de aptitud para una nueva licencia.
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