La empresa Movistar deberá indemnizar a una gran cantidad de usuarios de Esquel a partir de un reclamo iniciado hace 10 años por el servicio deficiente. Si bien el número inicial de reclamos fue limitado el alcance de la definición es muy amplioi.

La orden del Juzgado de Ejecución de Esquel vigente está vinculada con una acción de clase promovida en el año 2013 cuando la empresa brindaba un servicio irregular.

Se realizó entonces un relevamiento de lo sucedido y el daño generado de manera particular. El abogado Crhistian Pasquini señaló que esto tuvo un largo derrotero judicial, las definiciones en distintas instancias fueron apeladas por las partes y finalmente se llegó a esta conclusión

Según expresó el abogado en contacto con EQSnotas.com en total son 24639  líneas las que se verán beneficiadas por la indemnización. La sentencia hace una distinción técnica entre pre pago, y abono. El monto actualizado para los que tenían pre pago es de $12250  y para los que tenían abono $19500 por línea y por usuario, a la fecha.

¿Qué debe hacer el usuario?

Los que tenían Movistar entonces y sostienen el vínculo hasta ahora se acreditará en su factura. Si están en el listado no tiene que hacer ningún trámite, el resto deberá ser incorporado. 

Vale destacar que además el juez intimó a Movistar a que acredite en 10 días hábiles, para que se vea reflejada cuanto antes.

Por otra parte hay una situación particular para los que se fueron de esa empresa accediendo a la portabilidad de su número que el Dr Pasquini explica puntualmente

Los que hicieron portabilidad numérica podrían verse beneficiados en la nueva compañía

LISTADO COMPLETO

El listado completo de los beneficiados está acá  https://www.juschubut.gov.ar/index.php/listados-clientes-exp-420-2013

Providencia Telefónica

La sentencia del Juzgado de Ejecución

El reclamo por la deficiente prestación del servicio en la Ciudad de Esquel date de los meses de marzo a mayo del 2013 y tramita ante este Juzgado de Ejecución de la Circunscripción Judicial del Noreste del Chubut, mediante la sentencia de primera instancia dictada en fecha 23/04/2021, y sentencia de Cámara de Apelaciones del 18/11/2021 y su aclaratoria de fecha 01/12/2021, se ordenó “…hacer lugar al daño punitivo fijándolo en la suma de $ 1.500 en los clientes con tarjeta o prepago y en la suma de $ 3.000.- en aquellos clientes con abono o postpago, todos ellos de la ciudad de Esquel, con más sus intereses a la tasa activa del Banco Chubut SA a calcular desde 01/06/2013 y hasta su efectivo pago.” 

Y “en cuanto a la reparación integral solicitada, haciéndose lugar a la misma por la suma de $ 300.- para cada uno de los usuarios del servicio integrantes de la clase representada, por cada mes de servicio deficientemente prestado durante el período 1 de marzo de 2013 al 31 de mayo del 2013, más intereses a la tasa activa del Banco del Chubut S.A.”. 

En síntesis aquellos clientes de Telefónica Móviles Argentina SA que figuren en los listados de usuarios, recibirán los conceptos que seguidamente se detallan en devolución, sea mediante acreditación en sus cuentas comerciales con la empresa, o mediante transferencia bancaria o algún otro medio según corresponda, a saber; la suma de $ 12.249,84.- para clientes/usuarios con tarjeta o prepago y la suma de $ 19.905,99.- para clientes/usuarios con abono o postpago.A fin de poder cotejar su inclusión en los listados referidos cada cliente/usuario, que fue titular de una línea de telefonía móvil (MOVISTAR SA) en las fechas indicadas precedentemente (01/03/2013 al 01/05/2013), deberá ingresar al sitio web ;https://www.juschubut.gov.ar/index.php/listados-clientes-exp-420-2013.