La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) dejó firme la condena de tres meses de prisión en suspenso para Estela del Valle Juárez, residente de la localidad de Sarmiento, quien en 2019 se desempeñaba como secretaria general de la Regional Suroeste de la Asociación de Trabajadores de la Educación del Chubut (ATECh), y que el 24 de septiembre de 2019, junto a una veintena de personas, provocó un corte total a la altura del kilómetro 133 de la Ruta Nacional 26. 

La interrupción del tránsito se prolongó durante varias horas, impidiendo la normal circulación de vehículos particulares y de medios de transporte de pasajeros y de carga.

Del Valle Juárez fue procesada y enviada a juicio por el delito de “entorpecimiento del transporte”, y finalmente, el 25 de abril del 2023, la jueza federal Marta Yañez la condenó a tres meses de prisión en suspenso, en concordancia con el pedido de la fiscalía.

Sentencia y apelación

“Por legítimo e imperioso que resultare el reclamo que motivó el hecho, no pueden soslayarse los derechos de los transeúntes que gozan de la garantía de circular libremente por el territorio de la Nación. En particular dicha ruta 26 es la utilizada por los pobladores que desde las pequeñas localidades como de Aldea Beleiro, Gobernador Costa, Cabo Blanco Rio Senguer y Buen Pasto entre otras, deben utilizarla para trasladarse por motivos laborales, de salud, de educación, turísticos, y como vía necesaria para acceder al Aeropuerto General Enrique Mosconi y también por transportes de carga pesada que ingresan y egresan a la República de Chile (hecho que reputo de público y notorio)”, indicaba el fallo.

La defensa apeló diciendo que la condena no respetaba la Constitución Nacional ni los tratados internacionales, cuestionó el juzgamiento en un plazo razonable y aseguró que no existió delito porque la docente no había afectado la seguridad pública. Al proceso también se incorporó el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS).

El 19 de diciembre del 2024, la Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal, con la firma de los jueces Juan Carlos Gemignani, Gustavo Hornos y Carlos Mahiques, rechazó el recurso y confirmó la condena.

La defensa apeló, pero a fines de marzo Casación declaró inadmisible el recurso extraordinario. La defensa buscó llegar en queja a la Corte Suprema, pero no se cumplió con los requisitos previstos en la acordada 4/2007 que hacen a la presentación del caso y el escrito fue desestimado. Con ello la condena quedó firme.