Absolvieron a seis policías en el primer juicio con sistema de jurado mixto
Se trató del primer debate de estas características en la provincia y se llevó adelante en la ciudad de Esquel por un hecho ocurrido en febrero de 2021 en Cerro Centinela
Por primera vez en la provincia de Chubut se realizó un juicio con un tribunal escabinado integrado por tres jueces técnicos y dos ciudadanos sin formación en derecho. El fallo fue absolutorio en el marco de una causa en la que estaban imputados seis policías por los delitos de allanamiento ilegal en concurso ideal con abuso de autoridad en calidad de coautores, en concurso real con lesiones graves agravadas por haber sido cometidas por personal policial en ejercicio de funciones respecto a tres de ellos.
En el juicio intervinieron el Dr. Martín O’Connor (presidente), junto al Dr. Jorge Alberto Criado y el Dr. Jorge Novarino, como jueces técnicos del tribunal y junto a ellos dos personas que fueron sorteadas del listado de jurados populares para el año 2023 y se integraron al estrado como vocales legos. Además, participaron dos suplentes, pero no de las deliberaciones.
El veredicto del tribunal escabinado resolvió la absolución, sin costas, de Sergio Rosales, Johan Sebastián Gavilán, Marcos Edgardo Manrique, Franco Daniel Fuentes, Julio Manuel Ramírez y Juan Facundo Calderero, en relación a los hechos imputados como ocurridos en Cerro Centinela el 15 de febrero del año 2021 en virtud de la calificación legal planteada en la causa.
Por primera vez en la historia del Poder Judicial de Chubut se desarrolló un juicio oral y público bajo la modalidad de sistema escabinado, lo que implica que el tribunal esté conformado por jueces profesionales y vocales legos.
El sistema de jurado escabinado está contemplado en el artículo 173 de la Constitución del Chubut, donde indica que “para el juzgamiento de las causas criminales vinculadas a delitos dolosos cometidos por funcionarios públicos en perjuicio de la Administración Pública Provincial, los tribunales competentes se integran en forma minoritaria por vocales legos sorteados de una lista de ciudadanos que deben reunir las condiciones requeridas para ser diputados y en la forma que establece la ley”. En tanto que la Ley XV N° 30 -ley de juicio por jurados- determina las circunstancias en las que debe intervenir esta figura, su conformación y funcionamiento.
El fallo completo será informado el próximo jueves 28 de diciembre de 2023 a las 11.35 hs en sala 2 de la Oficina Judicial Esquel.
Fuente: Ministerio Público Fiscal