La comunidad chubutense aplicará la propuesta generada desde la Presidencia de la nación de acuerdo con lo dispuesto este martes por el Concejo Deliberante de la localidad que aprobó este martes por unanimidad la ordenanza que permite las salidas. El Gobierno provincial dispuso no adherir a esa medida pero la gestión de Miguel Gómez entiende que tiene facultades para aplicarla.

La medida deja en claro que esa comunidad no está incluida dentro de las que tienen libre tránsito por la existencia de una familia oriunda de la comunidad que está con distanciamiento social luego de regresar de la provincia de Córdoba. En esta línea manifiestan que se los incluya en el listado de las localidades con libre tránsito interno en cuanto culmine el período de aislamiento.

El proyecto enviado por el Intendente Miguel Gómez interpreta que el municipio tiene poder reglamentario sobre el tema y  en esa línea los ediles disponen de forma unánime  "que encontrándose los casos de riesgo debidamente identificados en permanente observación y con el debido control de las medidas de aislamiento, y encontrándose blindados los ingresos a la localidad, no existen objeciones ni riesgos para avanzar en la aplicación de las salidas recreativas".

Es así que aprobaron que los  vecinos de Gobernador Costa puedan tener "una breve salida de esparcimiento, en beneficio de la salud y el bienestar psicofísico, de lunes a viernes de 13 a 17, utilizando los siguientes circuitos de espacios abiertos: a) Barrio Malvinas: Campo de Jineteadas y senderos del Cerro; b) Zona Sur Oeste: Campo del Club Hípico - Lote Pastoril N° 53 (San Cayetano) - Reserva Municipal. Las siguientes zonas se establecen como no permitidas para la circulación de transeúntes ejerciendo la salida de Esparcimiento: c) Plazas; d) Avenida Julio A. Roca y Ruta Nacional N° 40; e) Playones (Municipales y de Escuelas); f) Sector Subrural del Sector Norte B Campos Deportivos; h) Espacios baldíos (conocidos como "canchitas") de concurrencia habitual de Menores y Adolescentes".

En esa línea precisa las medidas de seguridad para llevar adelante la norma, "los peatones deberán mantener un distanciamiento físico no menor a los dos metros lateral, diez metros anterior y posterior, debiendo usar en todos los casos cubre boca, nariz y mentón o barbijo casero de manera obligatoria, uso de ropa adecuada, agua individual y no poseer contraindicaciones contra la práctica deportiva".

También dispone control específico de los inspectores municipales y la Guardia Urbana y precisa que en caso de los niños tendrán que salir junto a una persona mayor usando en ambos casos cubre boca, nariz y mentón o barbijo casero de manera obligatoria, y tienen prohibido el ingreso a locales comerciales.

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La ordenanza regirá desde su promulgación y mientras se mantenga el estado de aislamiento social, preventivo y obligatorio en todo el país.