Violencia de género: a 15 días del hecho se resolvió la sanción penal
Un hombre fue detenido el 1 de enero por violencia de género. Hoy se impuso una sanción acordada con la víctima del hecho
El 1 de enero un hombre fue detenido por un caso de violencia de género y con posterioridad llevado a audiencia por una situación con su pareja. Permaneció en arresto domiciliario hasta este viernes.
En la audiencia prevista para el control de la medida se resolvió una Suspensión de Juicio a Prueba, con reglas de conducta por un año, con el acuerdo de la víctima.
El procurador fiscal Carlo Cavallo inició la audiencia indicando que se llegó a un acuerdo con la Defensa Pública, representada por Paola Bagnato, con el consentimiento de la víctima. El imputado no cuenta con antecedentes penales ni otros legajos en trámite. Los delitos en los que se enmarca el hecho por el que fue detenido, de obtener condena, la pena podría ser en suspenso.
Esta situación permite que acceda al beneficio de la Suspensión de Juicio a Prueba.
El imputado atravesará un período de prueba en el que tendrá que mantener un trato respetuoso con la víctima, pagarle una reparación, realizar un aporte económico al Hospital de Trevelin y mantener el domicilio, entre otros requisitos. Si incumpliera alguno de ellos en el plazo de un año, volvería a activarse el proceso penal avanzando hacia la etapa de juicio. Si cumple, podrá acceder a un sobreseimiento. Sin embargo, si superado el plazo, cometiera otro delito, ya no podrá acceder a este beneficio sino que tendrá que afrontar el juicio.
El juez Ricardo Rolón encontró debidamente fundado el pedido y otorgó la Suspensión de Juidio a Prueba en los términos requerida.
El hecho
El 1 de enero por la tarde una pareja oriunda de Formosa, protagonizó una situación violenta que derivó en la intervención policial, la detención del agresor y la realización de una audiencia el sábado por la mañana. Los hechos fueron calificados como constitutivos de lesiones leves agravadas por la relación de pareja y por haber ocurrido en contexto de violencia de género, coacción y privación ilegítima de la libertad doblemente calificada por haberse cometido con violencia y hacia una persona a quien se debe respeto particular.
Eran las cinco de la tarde. Una pareja estaba en la vivienda con su hijo de 9 años. El matrimonio inició una discusión que derivó en una fuerte golpiza propinada por el imputado a la víctima. El niño dio aviso a unos vecinos que llamaron a la policía. Al arribar el personal policial al lugar, escuchó gritos en el interior de la vivienda. Los uniformados golpearon la puerta e identificaron al niño quien les dijo que pidió auxilio porque el padre le pegaba a la madre.
En ese momento se presentó la mujer indicando a la policía que su pareja la había golpeado y que se quería ir de la casa, solicitando que no se lo llevaran detenido, ya que él le decía que si se lo llevaban no le iba a dar plata para ella y para su hijo.
En ese momento se acercó el imputado y frente al personal policial le dijo a la mujer "que si ella lo denuncia no le va a pasar plata para ella y su hijo y se va a cagar de hambre, y que él sabe cómo funciona la justicia, que la van a dejar tirada".
La víctima, en presencia de la policía ingresó a la vivienda a buscar calzado, ingresando el imputado tras ella hasta la planta alta, donde la joven acomodaba las cosas para llevarse, gritándole el acusado "que no la dejaría irse de la casa", a la vez que la sujetaba fuertemente, y ella pedía que la soltara; entonces ingresó el personal policial a la vivienda, observando que el imputado tenía inmovilizaba a la mujer a la vez que le decía "que no dejaría que se fuera, ni que haga la denuncia penal, porque si no la haría cagar de hambre"; ante esta situación de flagrancia delictiva es que el personal policial procedió a la aprehensión.