En las últimas horas, el concejal del Partido Justicialista de Esquel, Matías Peláez, presentó un proyecto de ordenanza para llevar alivio a pequeños comerciantes y emprendimientos de subsistencia familiar y que podría beneficiar a más de 350 contribuyentes.

La propuesta implica una bonificación de la alícuota de ingresos brutos y la exención de las tasas de habilitación comercial y seguridad e higiene. Según el proyecto, aliviar la carga tributaria permitiría mantener las fuentes de ingreso de más de 350 familias que hoy viven de su negocio o emprendimiento.

En el mencionado proyecto, el concejal Matías Peláez considera que "la Ciudad de Esquel en particular, y la Provincia del Chubut se encuentran en un escenario socio económico adverso, el cual ha sido agravado por la PANDEMIA de COVID 19 y que esto ha repercutido en la actividad comercial, llevando a muchas empresas a tener que cerrar, con la consecuente pérdida de fuentes de trabajo".

También señala que "los pequeños comerciantes se han visto fuertemente golpeados por la crisis económica, poniendo en riesgo el ingreso de sus familias y que el cierre de estos pequeños comerciantes implicaría una nueva ruptura en el tejido social, dejando a familias sin su principal fuente de ingreso económico".

Por tales motivos y otros más esgrimidos en los considerandos, con este proyecto de ordenanza se pretende crear en el ámbito de la Municipalidad de Esquel el "Programa de Apoyo a pequeños comerciantes y emprendimientos de subsistencia familiar", cuyos beneficiaros serán aquellos comercios, microemprendimientos y/o empresas unifamiliares que estén instaladas en el ejido Municipal.

Requisitos:

Para acceder al Beneficio, los interesados deberán acreditar estar adheridos en la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), al Régimen Simplificado (Monotributo) de las categorías A, B o C.

Beneficios

Aquellos sujetos que cumplan con los mencionados requisitos, accederán a los siguientes beneficios:

    Eximición del pago de la tasa de inspección, seguridad e higiene. Eximición del pago de la habilitación comercial. Bonificación del 50% de la alícuota de Ingresos Brutos.