PASO 2021: ¿De cuánto es la multa por no ir a votar?
Las Elecciones PASO 2021 son obligatorias. No asistir a los comicios implica una infracción y la persona recibirá una multa. ¿De cuánto será el monto?
Este domingo 12 de septiembre se celebrarán las Elecciones PASO (Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias) en la Argentina, que se desarrollarán en un contexto especial por la pandemia de Covid-19.
Las ausencias por caso sospechoso de coronavirus estarán justificadas, pero a aquellos ciudadanos que no puedan fundamentar su falta en el día de los comicios, les corresponderá una multa por no cumplir con su obligación cívica.
Dada la particularidad de esta votación, la Cámara Nacional Electoral (CNE) emitió una serie de medidas para electores y autoridades de mesa que deberán cumplirse durante el próximo domingo, e incluye un apartado especial para las personas que se encuentran excluidas de la obligación de votar.
A los casos justificados para la no emisión del voto en las PASO, esta vez, se agregará la ausencia de aquellas personas que presenten síntomas o sean consideradas casos sospechosos de coronavirus. De ser así, el ciudadano deberá argumentar su situación mediante el certificado médico correspondiente y gestionar la justificación luego de trascurridos los comicios.
No obstante, para quienes no puedan justificar su ausencia, como sucede habitualmente en cada acto eleccionario, les corresponderá una multa por infringir el Artículo 125 del Código Electoral.
¿De cuánto es la multa por no votar?
En caso de no votar, la persona quedará registrada como infractora y "se impondrá multa de $50 a $500 al elector mayor de 18 y menor de setenta 70 años que dejare de emitir su voto y no se justificare ante la justicia nacional electoral dentro de los 60 días de la respectiva elección", señala la CNE y aclara que la sanción es acumulativa.
¿Quiénes están exentos de ir a votar?
A pesar de que las PASO son obligatorias, como en toda elección hay ciertos casos en los que los ciudadanos están exentos de asistir a los comicios y los ampara la ley. Las excepciones son:
Para tramitar la justificación de la no emisión del voto, se deberá ingresar en el Registro de Infractores al deber de votar, e indicar el número de DNI, sexo y distrito para iniciar la gestión. Luego, de acuerdo a la razón específica por la que no se pudo votar, se subirá el documento que avala la ausencia.
De acuerdo a la CNE quien presente síntomas de coronavirus o sea un caso sospechoso, quedará exento de la obligación ciudadana de emitir su voto.
"En caso de presentarse a sufragar un elector que exhiba síntomas evidentes compatibles con Covid-19 o que por cualquiera otra circunstancia conformare un caso sospechoso de Covid-19 en los términos de lo previsto por las normativas sanitarias vigentes, será informado de que se encuentra justificada su no emisión del voto y que debe retirarse a cumplir aislamiento preventivo", señala la disposición para las PASO.