Alejandra Beatriz Melin, presidenta de la Junta Vecinal del barrio Bella Vista, interpuso un descargo contra la infracción que le impusieron y la posterior intervención de la junta. Allí se desvincula de los hechos registrados en la sede vecinal en los últimos días de diciembre.

El planteo llegó al Concejo Deliberante pero no se hizo lugar por lo que la intervención en la Junta de Gobierno del Barrio Bellavista, continúa.

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Esquel: El municipio intervino la Junta del barrio Bellavista por el uso indebido de la sede vecinal

Melin argumenta que la medida dispuesta por el Departamento Ejecutivo Municipal se basa en una presunta infracción cometida por una familia del barrio el 13 de diciembre, al utilizar la sede en horario prohibido.

Según está señalado en el acta de inspección, Melin firmó como testigo al ser convocada en el momento de la constatación. Sin embargo, en su descargo, niega responsabilizarse por la conducta de quienes estaban haciendo uso de la sede en ese momento.

"No es cierto que ante los agentes municipales intervinientes haya expresado hacerme responsable del evento", afirma Melin. Además, objeta que si bien el estatuto de Juntas Vecinales estipula que las autoridades deben auxiliar al municipio en el cumplimiento de las ordenanzas, esa colaboración no incluye el deber de impedir agresiones.

"Como no escapa al conocimiento de los concejales, los presidentes de junta no cuentan con poder de policía para imponer el cumplimiento de las normas y para hacer cesar su transgresión por la fuerza", argumenta Melin en su descargo.

Melin agrega que la norma que regula el funcionamiento de las juntas vecinales se refiere a acciones realizadas por la junta de gobierno en la sede, y que la única circunstancia en la que se podría sancionar a las autoridades es cuando la junta organiza eventos fuera del horario permitido o con consumo de bebidas alcohólicas.

"Pretender sancionar a la junta de gobierno por actos de terceras personas resulta violatorio del principio de personalidad de la pena y, por ende, de elementales garantías constitucionales y convencionales que este Concejo Deliberante tiene el deber de asegurar", sostiene Melin.

También cuestiona la mención a un hecho del 11 de marzo como antecedente, calificándolo como "injuriante" y un acto de discriminación contra su persona y de vulneración a la intimidad de su hija. Afirma que este hecho es ajeno a la responsabilidad de la junta vecinal, ya que su intervención fue como madre y no como autoridad.

Finalmente, Melin destaca que ninguna de las presuntas faltas ha sido objeto de sustanciación y que no existe resolución firme que las haya declarado y aplicado sanción alguna.

Con este extenso descargo, la presidenta de la Junta Vecinal del barrio Bella Vista busca deslindar su responsabilidad en la infracción que motivó la intervención, argumentando que no tenía la facultad para impedir la conducta de la familia que utilizó la sede fuera del horario permitido y que la sanción viola sus derechos y garantías constitucionales.