Ordenan que se resuelva el amparo por el censo
La Cámara de Trelew le ordenó al Dr Konig, juez laboral que se aboque a resolver la acción interpuesta por los gremios. Se había declarado incompetente #Informate
La Cámara de Apelaciones de Trelew consideró que el juez de primera instancia tiene competencia para dictar sentencia sobre el amparo interpuesto por los gremios estatales sobre el censo de empleados publicos impulsado por el gobierno de la provincia.
A través de un fallo la Cámara determinó que el juez Konig del Juzgado Laboral de Trelew debe definir el amparo y la medida cautelar presentados por las entidades.
La respuesta de la Cámara en su parte resolutiva indica que "... en virtud de la declaración de la competencia que aquí se resuelve, deberá el Juez de Primera Instancia expedirse en relación a la medida cautelar solicitada", dice fallo y agrega: "Por ello, la Sala "A" (...) resuelve (...) revocar la resolución de fs. 236, ordenando que continúe interviniendo el Juzgado Laboral N° 2 de la ciudad de Trelew en la acción de amparo deducida".
Vale recordar que en los primeros días de febrero nueve sindicatos fueron a la justicia argumentando que el censo provincial "violenta derechos laborales y garantías constitucionales vinculadas con la privacidad de los datos personales".
Cuestionaron el "formato digital de la encuesta", que podría prestarse a "confusiones en la carga de datos, falsificación de identidad o bien los empleados podrían no tener accesos a estos medios".
El escrito fue acompañado por el defensor del Pueblo, Juan Pablo Simionati y harán una presentación similar en la Justicia de Esquel. La misma estuvo a cargo de los dirigentes Santiago Goodman, Guillermo Quiroga, Claudia Barrionuevo y Tomás Montenegro, entre otros.
Los gremios firmantes son Ate, Atech, Sutap, Satsaid, Apissys, Soyeap, Sitravich, Sisap y también el Defensor del Pueblo y la medida rige para todos los empleados de la administración pública.
Las entidades confíaban que el juez laboral resuelva antes del jueves 15 de febrero, cuando finalizaba el censo pero el magistrado se declaró incompetente.
Con este fallo ahora deberá abocarse y resolver con la premura que exige una acción rápida como un amparo.