Este viernes, la ex presidenta y titular del PJ nacional, Cristina Kirchner, presentó un recurso administrativo de nulidad ante la ANSES para volver a cobrar su jubilación de privilegio y la pensión que recibe como viuda del ex presidente Néstor Kirchner.

Cabe recordar que el Gobierno Nacional había anunciado la quita de ambas jubilaciones luego de que la Cámara de Casación Penal de la Nación confirmara la condena contra la ex presidenta por corrupción a seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos en la causa Vialidad.

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Confirmaron la condena a Cristina Kirchner a seis años de prisión y la inhabilitación para ejercer cargos públicos

En el escrito presentado por el apoderado de la ex presidenta, Facundo Fernández Pastor, ante el titular de ANSES, Mariano de los Heros, aseguró que la decisión del Gobierno “viola derechos y garantías consagrados en las leyes, la Constitución Nacional y la doctrina establecida por la Corte Suprema de Justicia de la Nación”. 

En esa línea, calificó la actitud del Poder Ejecutivo como un “un acto más de persecución con fines de venganza, hostigamiento y partidismo que involucra en este caso a funcionarios de la Administración Nacional de la Seguridad Social, del Ministerio de Capital Humano del que depende, y al mismísimo Presidente de la Nación”.

La petición de nulidad se basa en que la ANSES no tiene la potestad legal para dar de baja un beneficio. “Lo que debió hacer la administración es instar la acción judicial y no suspender, arbitrariamente, sus efectos tal como resolvió la RESOL-2024-1092″, dice la presentación.

Y continúa: “No es una facultad ni del área jurídica de esa administración, ni de Trámites Complejos, ni de Prestaciones Centralizadas arrogarse la jurisdicción y competencia que, los artículos 15 y 36 de la Ley 24.241 no le otorgan a esa administración. Por tal razón, la resolución impugnada es nula, de nulidad insanable”.

Además de la restitución de su jubilación y la pensión, CFK exigió la restitución de los haberes retenidos y los intereses acumulados hasta su pago efectivo.

Fuente: InfoBAE