¿Qué está permitido y qué no por el comicio?
Algunos actos están prohibidos para garantizar el desarrollo de elecciones. ¿Las redes sociales están en veda?
A las 8 am del viernes comenzó a regir la veda electoral en Argentina para partidos políticos, candidatos, comerciantes y el resto de la ciudadanía.
48 horas antes de los comicios del domingo 27, una serie de prohibiciones buscan garantizar el ejercicio del voto sin sobresaltos. Entre los actos que están vedados:
-Desde las 8 quedó terminada la campaña electoral, está prohibido publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales hasta el cierre del comicio a las 18 horas de este domingo.
Conocé los delitos electorales penados por el Código Nacional Electoral. #Elecciones2019 pic.twitter.com/2jyuMCQXv8
— #Elecciones (@InfoDINE) October 25, 2019
-Las redes sociales están incluidas en la veda, según el secretario del Código Nacional Electoral, Sebastián Schimmel, quien decía en las PASO que "en lo que sea comunicación interpersonal como un WhatsApp entre dos particulares, allí no podemos inmiscuirnos, salvo que haya publicidad formal y contratada, que sí está prohibida. Pero en una red abierta, como Facebook o Twitter, cuando la cuenta no está cerrada, las prohibiciones rigen tal como en los demás medios de comunicación". Sin embargo, al no estar precisado "redes sociales" hay especialistas que entienden que hay un vacío legal.
-No se podrán publicar encuestas o proyecciones sobre el resultado de la elección hasta tres horas después de su cierre.
-Durante el acto electoral y hasta tres horas después están prohibidos los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados, así como fiestas teatrales, deportivas o culturales.
-No se pueden entregar boletas de sufragio a electores en el radio de ochenta metros de las mesas receptoras de votos, como también los locales partidarios dentro de ese radio deberán estar cerrados.
-Los electores no podrán usar banderas, divisas o elementos distintivos vinculados a partidos doce horas antes y tres horas después de la elección a riesgo de ser denunciados por violación al Código Electoral.
-Alcohol: Prohibida la venta y consumo desde las 20 horas del sábado en lugares públicos. Los comercios que vendan bebidas alcohólicas, ya sean restaurantes, bares o boliches, sólo podrán estar abiertos hasta las 24 del sábado y no pueden abrir el día de la elección.
El Código Nacional Electoral además establece una pena de prisión de entre 15 días y seis meses a quienes sean encontrados culpables de expender bebidas alcohólicas desde 12 horas antes y hasta tres horas después de finalizado el acto eleccionario.
Fuente ADN SUR y La Voz
Foto: Tucumanalas7