La provincia de Misiones posee la Ley de Áreas Naturales n.° 2932/94, sumado a un supuesto control ambiental derivado de la Ley de Bosques n.° 854 y de la Ley de Bosques Protegidos n.° 3426.9

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Misiones es la única provincia argentina con un organismo de incumbencia ambiental y forestal de rango ministerial. Ello se da, por un lado como autoridad de aplicación de la Ley de Áreas Naturales Protegidas 2932/94 y un esquema de control forestal, en el marco de la Ley de Bosques 854, y la Ley de Bosques Protegidos 3426.

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El sistema de Áreas Naturales Protegidas, con una superficie aproximada a las 778 662 ha, comprende un arco de parques provinciales, reservas naturales estatales y privadas (Reserva Privada Yaguaroundí y Reserva Privada Yacutinga) y una reserva de Biosfera Yabotí, reconocida como tal por la UNESCO.

La selva misionera (o selva paranaense) es una de las áreas de mayor biodiversidad del mundo. Forma parte del Bosque Atlántico, una ecorregión que se extiende desde la Serra do Mar en la costa del Brasil, hasta el este del Paraguay y abarcando gran parte de Misiones.

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Las dos áreas del Ministerio, Ecología y Bosques, tienen la Unidad Especial de Gestión Corredor Verde, cuya ley de creación 3631, fuera sancionada en 1999, con la que se aspira a asegurar la conectividad de la masa boscosa, en 1 110 000 ha, tanto de tierras privadas como de parques provinciales. El Corredor Verde junto a la conservación de parques y reservas provinciales, altas cuencas generadoras de agua limpia, bosques protectores apunta al desarrollo sustentable, al servicio del irrenunciable mejoramiento de la calidad de vida del hombre, con una explotación racional de la masa boscosa.

El Ministerio de Ecología y Recursos Naturales Renovables tiene como misión especial: proteger el ambiente y las especies naturales, preservando su carácter de bancos genéticos, de reguladores ambientales y de fuentes de materias primas a perpetuidad, mejorando, cuando corresponda su productividad; proteger ecosistemas y hábitats terrestres y acuáticos, que alberguen especies migratorias, endémicas, raras, amenazadas y de uso comercial; proteger los ecosistemas que contengan cursos de agua, garantizando su subsistencia a perpetuidad; garantizar la diversidad biológica, genética y los procesos ecológicos y evolutivos naturales; minimizar la erosión de los suelos; conservar el patrimonio natural, cultural, arqueológico y paleontológico.