Por requerimiento de la Fiscal Jefa María Bottini, se homologó el acuerdo de juicio abreviado, mediante el cual los imputados Javier Rodolfo Ahmed (47) y Paola Andrea Santibáñez (39), fueron condenados a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional, por haber sido hallados co autores penalmente responsables del delito de estafa (24 hechos en concurso real). Asimismo, el juez penal Jorge Novarino, hizo lugar al pedido de las partes, respecto de la imposición de reglas de conducta y la reparación económica simbólica en favor de los damnificados.

Al inicio del acto judicial, la jefa de fiscales de Esquel, describió los hechos investigados, desarrolló los fundamentos de la propuesta e informó que la mayoría de los damnificados habían manifestado su conformidad con la aplicación del instituto de juicio abreviado.

A ello, agregó que tomando en cuenta que los imputados no registran antecedentes penales computables, era conveniente la imposición de una pena de 3 años de prisión de ejecución condicional. En el acuerdo, también se incluyó una reparación económica simbólica de un millón doscientos mil pesos, a repartir en partes iguales entre todos los damnificados.

A su turno, el abogado defensor particular Dr. Daniel Sandoval, manifestó su total acuerdo con lo expuesto por la representante del Ministerio Público Fiscal.     

Por su parte, los acusados, admitieron la existencia de los hechos atribuidos y su autoría responsable en los mismos. También aceptaron la pena de tres años de prisión y la modalidad de cumplimiento. Finalmente, ofrecieron las disculpas del caso y se manifestaron a favor de la reparación simbólica.

Así las cosas, el magistrado, señaló que, durante el tiempo de cumplimiento de la condena, Ahmed y Santibáñez, deben fijar residencia, abstenerse del uso de estupefacientes y del abuso de bebidas alcohólicas, adoptar o mantener un oficio adecuado a su formación y no cometer nuevos delitos.   

En tanto, los efectos secuestrados durante la investigación quedaron a disposición de la Agencia de Administración.

Allanamiento en el año 2022

El caso

El caso se inició a partir de las denuncias realizadas por los damnificados por la empresa Disser S.A.S., que aparentando solvencia realizaba ventas de aberturas y recibía dinero a cambio, pero no cumplía con lo pactado. Disser aparentaba ser una empresa seria y además era recomendada por profesionales de la zona y otros clientes a quienes les había cumplido.

Los 24 hechos muestran el mismo “modus operandi”. Al profundizar la investigación se pudo determinar que operaciones de las mismas características delictivas fueron realizadas por los imputados, al menos en las localidades de Bariloche y Tres Arroyos. Tampoco, cumplían con sus empleados ni con personas que contrataban por otros motivos, como alquileres.

Cifra millonaria

El perjuicio económico fue cuantificado en la pericia contable realizada por la Contadora Karlem del ETM. Bottini sostuvo que los imputados se enriquecieron injustificadamente estafando a quienes de buena fe iban a contratar los servicios de la empresa Disser S.A.S. La valuación del daño y del beneficio patrimonial obtenido en perjuicio de las víctimas asciende a 241.000 dólares, conforme monto actualizado al día de la fecha.

La Fiscalía sostuvo que luego de dejar una cantidad de personas sin entregarles las aberturas, dejaron de contestar los reclamos, y se fueron de la ciudad sin dejar rastros. Fueron ubicados a través de un trabajo en conjunto de la Brigada de Investigaciones de esta ciudad y del mismo organismo de la provincia de Buenos Aires.

También se pudo establecer que mientras recibían reclamos de diferentes clientes, continuaban tomando nuevos pedidos, a sabiendas que no iban a poder cumplir, y además ni siquiera con el dinero entregado por los nuevos clientes intentaron abastecer al resto con los que ya venían incumpliendo.

Fuente Fiscalía Esquel