La sentencia condenatoria homologó un acuerdo de juicio abreviado alcanzado entre las partes.

La imputada y el damnificado fueron pareja, la agresión, calificada como lesiones graves agravadas por el vínculo, se produjo cuando él se mudaba con su nueva pareja.

El 21 de julio de 2017, aproximadamente a las 11:35 hs., el damnificado realizaba la mudanza a la vivienda que ocuparía con su nueva pareja, cuando apareció su ex mujer, discutieron y esta lo atacó sorpresivamente con un cuchillo, provocándole varias heridas punzocortantes en una pierna, brazo y zona toráxica. Si bien el lapso de recuperación fue inferior al mes, por la gran cantidad de sangre perdida, estuvo en riesgo la vida de la víctima. El hecho fue calificado como constitutivo de lesiones graves, agravadas por el vínculo.

La condena se acordó en tres años de prisión en suspenso. La modalidad de cumplimiento fue considerada apropiada ya que la imputada no cuenta con antecedentes condenatorios "lo que hace inconveniente, por ser esta la primera condena que registrará, su observancia con encierro efectivo", expuso el juez Martín Zacchino en su análisis. Josefa Castro deberá hacerse cargo de las constas del proceso, someterse al patronato y la prohibición de acercamiento al domicilio de la víctima por el tiempo que dure la condena. Si cometiera un nuevo delito, la pena será de cumplimiento efectivo.