Monotributo: Cómo hacer la recategorización paso a paso
Hasta el 22 de julio se podrá realizar el trámite también a través de la aplicación. Los nuevos montos mensuales comenzarán a pagarse desde agosto.
Desde el 1 de julio y hasta el 22 de julio se puede realizar la recategorización o confirmación de la escala en el régimen simplificado.
Desde agosto la AFIP comenzará a cobrar los nuevos montos mensuales para quienes hayan ascendido o bajado su escalafón.
Para completar el trámite, los inscriptos al monotributo ingresarán al portal especial del sitio web del organismo tributario o a la aplicación para teléfonos celulares. "Los contribuyentes adheridos al Régimen de Monotributo deberán recategorizarse si cambiaron algunos de los parámetros, por ejemplo, de aumento o disminución de ingresos y de los gastos de electricidad o alquiler", informó la AFIP.
Luego de entrar a la app o al portal web se tendrá que ingresar el número de CUIT y clave fiscal y, en un tercer paso, seleccionar la opción "recategorizarme". En ese momento se podrán verificar los datos que posee la AFIP de la situación tributaria de cada contribuyente incluido en este régimen.
Más tarde se deberá avanzar hacia "continuar recategorización" y de inmediato indicar la opción "imprimir credencial". A partir de allí habrá que completar el formulario de Declaración Jurada 184, en que se informarán, si los hubiera, los nuevos montos de referencia del contribuyente. Cumplido este paso, luego, el sistema emitirá el "F.184" como comprobante del trámite realizado y la nueva credencial de pago.
"Se deberán tener en cuenta los ingresos brutos acumulados, la energía eléctrica consumida, los alquileres devengados en los 12 meses inmediatos anteriores y/o la superficie afectada a la actividad en ese momento", especificó la máxima autoridad fiscal.
El fisco advirtió que realizará recategorizaciones de oficio entre aquellos monotributistas que no hayan realizado el trámite y que incluirá multas. "En caso de no optar por recategorizarse, la AFIP entenderá que ha confirmado la categoría actual. Pero si detecta que el contribuyente que debía recategorizarse no lo hizo hasta el 20 de este mes, hará el cambio de oficio y lo obligará a abonar los nuevos montos", informó el organismo en un comunicado.
Respecto a los castigos por no realizar la recategorización, la entidad detalló que "serán sancionados con una multa del 50% del impuesto integrado y el componente previsional que les hubiera correspondido pagar". Las escalas no cambiarán sus valores, ya que esa actualización se realiza a principio de año y quedará fija hasta 2020.
Fuente ADN Sur
Foto Filo.News.