Extenderán la moratoria para que mujeres sin aportes puedan jubilarse
Originalmente vencía el 18 de septiembre de 2016 pero fue prorrogada hasta este año. Ahora se extenderá por tres años más.
El Gobierno Nacional prorrogará por tres años la moratoria previsional para las mujeres mayores de 60 años que quieren acceder a una jubilación y no tienen todos sus aportes regularizados.
Si bien el plazo vencía el próximo 23 de julio según el cronograma de Anses, pero ahora se decidió prorrogarlo por hasta 2022. La moratoria originalmente vencía el 18 de septiembre de 2016 pero fue prorrogada hasta este año. Ahora se suma una nueva prórroga por tres años más.
Los detalles de la decisión serán comunicados en los próximos días a través del Boletín Oficial, pero cabe adelantar que esta nueva moratoria abarca a las mujeres que cuenten con entre 60 y 64 años de edad al 23 de julio de 2022 —una resolución permitía extenderlo por ese plazo— y que no alcancen la cantidad de años de aportes previsionales requerida.
Tras la evaluación socioeconómica que se realiza entre la Anses y la AFIP, se les da la opción de cancelar su deuda en un plan de hasta 60 cuotas —que se actualizan por el índice de movilidad—para obtener el beneficio jubilatorio.
Las moratorias previsionales se basan en dos leyes: Ley 24.476 (modificada en 2005) y Ley 26.970 (de 2014) conocida como "jubilaciones de amas de casa". Esta ley abarca los períodos que van desde 1955 a 2003 desde los 18 años de edad. Por eso, las interesadas pueden notificar deudas desde un período anterior al 2003 y luego sumar los aportes realizados.
Aemás, existen otras moratorias vigentes, como la Ley 24.476 que rige para los períodos entre 1955 y 1993 y la Ley 25.994 para personas que hayan cumplido la edad jubilatoria hasta el 2004. Estas medidas permitieron a unos 3,5 millones de personas acceder a una jubilación mínima durante los últimos años.
Asimismo, el gobierno ofrece como opción para las personas sin aportes, acceder a la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) implementada a través de la Ley de Reparación Histórica.
Esta pensión rige a partir de los 65 años para ambos sexos, sin necesidad de ningún tipo de aportes pero con un beneficio del 80% del haber mínimo. Para recibir esta pensión se requiere no recibir ningún otro tipo de prestación como las pensiones por viudez.