Verónica Butinof: "No necesariamente el hallazgo de los fetos tiene que ver con abortos clandestinos"
La especialista en Tocoginecología indicó que la mayoría de las prácticas seguras de interrupción del embarazo se realizan en el domicilio. "Muchas veces la persona se sienta en el inodoro e inadvertidamente expulsa el producto de la gestación", indicó.
El pasado fin de semana reportaron el hallazgo de un feto en la Planta de Líquidos Cloacales ubicada sobre la ruta 259 a unos 3 Kms del casco urbano de la ciudad. Según se pudo saber se trataría del cuarto feto que se encuentra en ese lugar.
Desde la Planta de Líquidos Cloacales de la Cooperativa 16 de Octubre afirmaron que hace tiempo no se producía una seguidilla de hallazgos de este tipo.
En este contexto y con el inicio de una serie de especulaciones sobre si se trataría de abortos clandestinos, Verónica Butinof, especialista en Tocoginecología, brindó algunos detalles respecto al procedimiento de interrupción del embarazo y señaló que el hallazgo no necesariamente está relacionado con prácticas clandestinas.
En diálogo con Eqsnotas.com, informó que por un lado está la ley que establece hasta cuándo es legal el procedimiento y por otro se encuentran las guías de recomendación que indican de qué manera es más seguro hacer la práctica en cuestión.
Por lo tanto, teniendo en cuenta esas guías, desde el Ministerio de Salud establecen que hasta las 12 o 14 semanas dependiendo de algunos aspectos tales como la situación, el acceso al sistema de salud, la región, entre otros, es seguro realizar la práctica de interrupción del embarazo en el domicilio.
Esto implica que si bien se les recomienda que "los productos que son eliminados tras un aborto sean desechados de una determinada forma, muchas veces la persona se sienta en el inodoro e inadvertidamente expulsa el producto de la gestación".
Por este motivo, sucede este tipo de hallazgos en una planta cloacal y “no necesariamente están vinculados a abortos clandestinos”. Además, afirmó que “no hay una recomendación sanitaria o de salubridad de que eso no deba ir por la vía cloacal”.
Ley de acceso a la interrupción voluntaria del embarazo
Cabe destacar que si bien existía en el país la interrupción legal del embarazo por causales, lo que posibilitó la Ley 27.610 es la ampliación de derechos y garantías para las gestantes. Por lo tanto, se puede realizar la práctica en embarazos menores de 15 semanas por decisión de la persona gestante que hoy no tiene que argumentar desde el sistema de salud para acceder a una práctica segura. Sin embargo, a partir de las 15 semanas se sigue manejando por causales, es decir, tiene que haber una justificación puntual para llevar a cabo el procedimiento.
En cuanto al impacto que ha ido teniendo el acceso a la interrupción del embarazo seguro en el país, indicó que “ha sido creciente a lo largo del tiempo”. Sin embargo, aclaró que esto no quiere decir que hay más personas que realizan el procedimiento y que "hay un concepto erróneo de creer que por legalizar esas prácticas generan más abortos". Afirmó que no aumentan las tasas de abortos sino la ley garantiza mejores condiciones de salud para quienes acceden a esas prácticas.
Más adelante, habló sobre el funcionamiento del dispositivo y manifestó que las personas que están en este tipo de situaciones, tienen a disposición todos los equipos de salud para brindarles consejería o asesoría y en el caso que la decisión final sea la interrupción del embarazo, todos los centros de salud saben a donde derivar a la persona para realizarlo.
En el caso que la práctica requiera de internación son derivadas al hospital para que el procedimiento se realice allí.