Reglamentación del Monotributo: Conocé los cambios que se implementan
Habrá cambios en los plazos de actualización de las nuevas cuotas, modificaciones en los topes de las categoría y nuevo plan de pago. #Mirá
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó la Ley N.° 27.639 de Monotributo, que aportará una serie de beneficios a los pequeños contribuyentes. El nuevo marco reglamentarios entrará en vigencia a partir de hoy y se estima que alcance a más de 4 millones de monotributistas. Habrá cambios en los plazos de actualización de las nuevas cuotas, modificaciones en los topes de las categoría y nuevo plan de pago de hasta 60 cuotas.
Entre las medidas más destacados, permitirá que las personas adheridas no afronten ninguna deuda acumulada por la diferencia resultante entre lo que pagaron en el período que va desde enero a junio, y los nuevos valores establecidos que empezarán a aplicarse a partir de julio de 2021.
En el caso de aquellos que ya abonaron la deuda retroactiva que resultó de la adecuación que había hecho AFIP podrán utilizar ese monto a modo de "crédito" en la cuota siguiente "tanto en el componente impositivo como en el componente provisional", que incluye a la seguridad social y la obra social".
¿Cuáles son las nuevas medidas de alivio?
Programa de Fortalecimiento y Alivio Fiscal para Pequeños Contribuyentes mayor alivio fiscal y previsibilidad a la actividad económica de los monotributistas la recategorización que estará habilitada del 28/7 al 17/8.Escalas del monotributo
Por otro lado, la norma amplía las escalas en un 77% para la letra A y un 75% para la B, por lo que muchos contribuyentes no deberán recategorizarse. De este modo, los topes quedaron así: categoría A (hasta $370.000); B (hasta $550.000); C hasta ($770.000); D (hasta $1.060.000); E (hasta $1.400.000); F (hasta $1.750.000); G (hasta $2.100.000); H (hasta $2.600.000); I (hasta $2.910.000); J (hasta $3.335.000); y K (hasta $ 3.700.000).
No obstante, quienes hayan excedido el límite superior de facturación podrían mantenerse en el régimen simplificado sin pasar al régimen general siempre y cuando no superen 1,5 veces el monto de facturación anual de la categoría más alta. A su vez, no tendrán que registrar bienes por 6,5 millones de pesos o más.
Moratoria AFIP
Asimismo, entre sus principales beneficios, el proyecto propone un amplio plan de pagos de hasta 60 cuotas con una tasa de interés con un tope de 1,5 por ciento mientras que para las categorías más bajas será de 1,25 por ciento. Alcanzará a todos todos aquellos que necesiten regularizar su deuda y permitirá la condonación total de las multas percibidas, al tiempo que se elimina los intereses y recargos que hayan surgido con los últimos anuncios que había hecho AFIP.
El servicio "Mis Facilidades" para la presentación de los planes de facilidades de pago se encontrará disponible conforme se indica a continuación: para los planes por deuda nueva desde el 6 de agosto de 2021, inclusive; para la reformulación planes puros desde el 13 de agosto de 2021, inclusive; y para la reformulación planes mixtos desde el 31 de agosto de 2021, inclusive.
¿Cuándo se podrá realizar la recategorización?
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció el plazo para que los monotributistas realicen la recategorización semestral, y postergó el vencimiento correspondiente al mes de agosto.
La normativa habilita la actualización excepcional de las escalas. La ley contempló un incremento en la facturación máxima por categoría de hasta 77%. El aumento es más significativo en las categorías más bajas. De esta forma, al momento de realizar la recategorización que estará habilitada desde el miércoles 28 de julio al 17 de agosto, muchos contribuyentes podrán facturar más y/o pagar una cuota menor.
Las nuevas escalas del monotributo regirán para el período comprendido entre el 1° de agosto de 2021 y el 31 de enero de 2022. Las tablas actualizadas pueden consultarse en monotributo.afip.gob.ar/.