Diputados aprobó la modificación a la Ley de Alquileres y ahora pasa al Senado
La iniciativa, reduce el plazo de los contratos de 3 a 2 años y establece que la actualización de los montos sea cada cuatro meses en base a un índice pactado entre las partes.
En la primera sesión tras las elecciones PASO, la Cámara de Diputados dio media sanción a la reforma de la Ley de Alquileres, tras una votación que resultó con 125 votos a favor, 112 en contra y 3 abstenciones. El proyecto pasa ahora al Senado, que no se reúne para tratar iniciativas desde hace cuatro meses.
La aprobación de esta reforma la polémica Ley de Alquileres se consiguió gracias a los votos de los diputados de la oposición, excepto la izquierda y los tres libertarios Javier Milei, Victoria Villarruel y Carolina Píparo.
El proyecto aprobado establece que los ajustes de los contratos sean por intervalos no inferiores a 4 meses y que el mecanismo de actualización pueda combinarse entre tres índices, a acordar por las partes. Además, vuelve a dos años el plazo de los contratos.
Se trata de una ley que generó bastante controversias entre inquilinos y propietarios desde hace tres años, cuando entró en vigencia. En el inicio de la sesión especial, hubo varios cruces de diputados del Frente de Todos (FdT) y JxC por el pedido de apartamiento de los temas en el recinto.
Los dos cambios centrales al texto original -que salió de comisiones el 22 de junio de 2022- se refieren al período de tiempo para los ajustes y al mecanismo que podrán utilizar las partes para la actualización del precio.
Ley de alquileres: qué dice el proyecto aprobado
La ley de Alquileres aprobada fue impulsado por distintos partidos que conforman Juntos por el Cambio (PRO, UCR, Evolución Radical, Coalición Cívica y otros aliados). Las principales modificaciones que propone son:
- Duración: el plazo mínimo de duración de los contratos es de 2 años, volviendo al esquema anterior a la actual ley.
- Aumentos de alquileres: se establece el mecanismo de "acuerdo entre las partes" para revisar los incrementos de los precios de alquileres "por intervalos de entre cuatro (4) y doce (12) meses" y "pudiendo aplicar a tales efectos el índice de precios al consumidor (IPC), el índice de precios mayoristas (IPM) y/o el índice de salarios (IS), elaborados por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC) o una combinación de dichos índices".
- Ingreso: no podrá exigirse al inquilino el pago de alquileres anticipados ni depósitos de garantía superiores a un mes.
- Reparaciones: el propietario deberá hacerse cargo de las reparaciones urgentes en no más de 24 horas desde la notificación del inquilino y en no más de 10 días corridos en caso de reparaciones no urgentes.
- Cancelación de contrato: el contrato puede ser resuelto antes de que expire su plazo por parte del inquilino, pero no antes de los primeros seis meses de contrato. Si la notificación se realiza con al menos tres meses de anticipación, no corresponde pago de ninguna suma.
Fuente: parlamentario.com / ambito.com