Convocan a empresas de esquila a inscribirse en el registro de Comercio Interior
El Ministerio de Producción informa que deberán cumplimentar los requisitos de las normativas vigentes para esa actividad.
El Gobierno del Chubut, a través del Ministerio de Producción, informa a las empresas que prestan servicio de esquila que deberán dar cumplimiento a lo establecido en la Ley X- Nº 18 - ex 3447 y al Decreto Nro. 177/94, que fijan como requisito fundamental para poder desarrollar la actividad, estar inscriptos en el registro específico de la Dirección de Comercio Interior.
Cabe remarcar que el incumplimiento de este trámite será pasible de sanciones y multas que correspondan según lo establecido en las normativas vigentes.
Para inscribirse en el registro deben cumplir con los siguientes requisitos:
1) Presentar fotocopia del DNI, donde conste el domicilio actualizado.
2) Constancia de Inscripción de CUIL y/o CUIT (AFIP).
3) Constancia de inscripción sobre los Ingresos Brutos Provinciales de rentas de la Provincia o Convenio Multilateral.
4) Declaración jurada de la Obra Social correspondiente del personal que compone la empresa de esquila. OSPRERA.
5) Listado del personal contratado en la A.R.T correspondiente. Toda modificación que se realice con el personal contratado debe ser automáticamente notificada a la Dirección de Comercio Interior, enviando la Planilla con Altas y Bajas y original de ART. Seguro de vida colectivo y su correspondiente póliza.
6) Listado del personal en AFIP. Toda modificación que se realice con el personal contratado de esquila, debe notificarse a la Dirección de Comercio Interior, enviando planillas de Altas y Bajas.
7) Declaración jurada de la cantidad de manijas por máquina a utilizar.
8) Régimen de alimentante Moroso del empleador (ingresar a la página www.juschubut.gov.ar).
9) Certificado de antecedentes penales del propietario de la máquina.
10) Declaración jurada de pagos previsionales actualizados -Decreto 17/94-AFIP-931
11) Libro de actas de tapas duras de 100 a 200 folios que será rubricado por la Dirección de Comercio Interior.
Por otra parte, se les recuerda a los productores que contraten estos servicios, que deberán notificar a la autoridad policial más cercana: nombre o razón social del prestador que utilice (según establece el artículo 7º de la ley X. Nº 18.)
Para mayor información: oficinas de Comercio Interior del Ministerio de Producción, ubicadas 9 de Julio 280 de la ciudad de Rawson. También podrán comunicarse al 0280-4482602/604 o vía correo electrónico a
[email protected]