Circulación con DNI ¿Qué pasa con cuentapropistas y autónomos?
El Intendente respondió que todos deben tener fundamentada su circulación si no les toca salir según DNI. Los diferentes casos que pueden presentarse #Mira
La vuelta a la circulación por DNI vuelve a poner sobre el tapete la discusión sobre los trabajadores cuentapropistas que deben moverse para brindar el servicio.
En la conferencia brindada este lunes por el Intendente y las autoridades de salud locales dejaron en claro que toda tarea que esté por fuera de lo laboral estará regida por el DNI.
En cuanto a los trabajadores esenciales siguen bajo el régimen que tenían hasta ahora, "lo que pedimos a organismos públicos es que en cada oficina establezcan quienes son esenciales" señaló el Intendente.
En el caso de los empleados de otros rubros deben moverse con un certificado de sus empleadores.
Pero el gran tema vuelve a ser los trabajadores cuentapropistas: "En el caso de los trabajadores que trabajan por su cuenta, los empleadores deberán hacer un certificado" dijo el Intendente.
Agregó luego que "aquellos que están trabajando en obras o servicios en la calle deberán moverse con la habilitación de quien lo contrata". En este rubro se inscriben las personas que desarrollan servicios o son contratados para ello, desde un albañil, electricista o un jardinero, a manera de ejemplo.
En este sentido destacó que "debe haber algún responsable que certifique por escrito que esa persona esta trabajando y el horario en que lo hace, por ejemplo, un arquitecto o el encargado de obra le hará el certificado a sus obreros".
La resolución expresa taxativamente para estos casos en su artículo 3 que "cuentapropistas, empleadas domésticas y trabajadores independientes podrá justificar su circulación en la vía pública los días no correspondientes a su DNI contra presentación de un certificado presentado por su empleador o contratante. Para ser válidos los certificados deben contener los días, horarios y domicilio laboral".