Cinco preguntas sobre la Tarifa Social de Gas y Electricidad
En Esquel el beneficio lo reciben 3500 personas del padrón, lo que representa un 30% del total. ¿Quiénes pueden recibirla? ¿Cómo se aplica? #Informate
A raíz de la viralización de una factura de la Cooperativa 16 de Octubre de un funcionario público que estaba recibiendo la tarifa social, se generó un debate y malestar en la comunidad con respecto a quiénes deberían recibir esa ayuda. En el caso de Esquel, según información brindada por la Coop16, la Tarifa la reciben 3500 usuarios del padrón, lo cual representa un 30% del total.
EQSnotas responde a las 5 preguntas para entender qué es y cómo funciona la tarifa social de gas y electricidad.
¿Qué es la Tarifa Social?
La Tarifa Social se otorga de manera automática a usuarios vulnerables de todo el país, identificados mediante el cruce de datos de los usuarios de los servicios públicos de electricidad y gas por redes.
¿Quién otorga la tarifa?
La tarifa es otorgada a través del Sistema de Información Nacional Tributario y Social según los requisitos y la información que obtiene el Estado Nacional sobre la situación salarial, patrimonial y social de los posibles destinatarios.
En función de esa información, se aplica automáticamente y en el proceso no interviene ni el Municipio ni la empresa (en el caso de Esquel, la Coop16 y Camuzzi) más que en ejecutar la información brindada.
El Municipio recibe el padrón y lo reenvía a la empresa que distribuye el servicio.
Humberto Kadomoto, del Área Comercial de la Coop16 explicó que para darse de baja, el trámite se realiza por Internet y sólo a través del SINTyS.
¿Quiénes pueden acceder a ella?
*Jubilados o pensionados o trabajadores en relación de dependencia que perciban una remuneración bruta menor o igual a 2 Salarios Mínimos Vitales y Móviles.
*Trabajadores monotributistas inscriptos en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere en 2 veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.
*Beneficiarios de Pensiones no Contributivas que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a 2 veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.
*Titulares de programas sociales.
*Usuarios inscriptos en el Régimen de Monotributo Social.
*Usuarios incorporados en el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados del Servicio Doméstico (26.844).
*Usuarios que perciben seguro de desempleo.
*Titulares de Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
*Usuarios que cuenten con certificado de discapacidad expedido por autoridad competente.
*Titulares (o uno de sus convivientes) que padezcan una enfermedad cuyo tratamiento implique electrodependencia.
Cabe aclarar que no podrán acceder a la Tarifa Social quienes sean propietarios de más de un inmueble, posean un vehículo de hasta 10 años de antigüedad (a menos que posean un certificado de discapacidad) o tengan aeronaves o embarcaciones de lujo.
¿Cómo se puede acceder a la Tarifa Social si se cumplen las condiciones y no fue otorgada?
Llamando al Call Center (0-800-333-2182) o completando el formulario, en donde se otorgará un Código de Trámite.
Una vez transcurridos 20 días hábiles desde el inicio del trámite a través de la página Web o el número gratuito, si no se reflejó el beneficio solicitado en la factura del servicio recibida, hay que dirigirse al Ente Regulador u Organismo de Control provincial que corresponda para completar el procedimiento con la siguiente documentación mínima obligatoria:
*Factura de servicio (original y fotocopia legible).
*DNI del titular del servicio (fotocopia y original).
*Código de trámite Web o Call Center (original y fotocopia legible).
*Documentación (original y fotocopia legible) que acredite el cumplimiento del criterio de inclusión (o situación de excepción) en base al cual solicita la Tarifa Social.
*Podrá solicitarse toda otra documentación respaldatoria que se contemple necesaria.
¿Por cuánto tiempo aplicará la Tarifa Social de gas natural y electricidad una vez otorgada?
Implica la continuidad del beneficio para ese usuario por un plazo mínimo de 6 meses contados a partir de la fecha de su inclusión, salvo que incurra en una de las causales de exclusión previstas en el Anexo I de la Resolución 219/E2016.
Una vez otorgada la Tarifa Social, la misma no tiene una fecha de vencimiento prestablecida, y por ende no es necesario hacer ningún trámite de renovación. Sin embargo, un usuario a quien se otorgó la Tarifa Social no necesariamente será beneficiario de manera permanente. Cada mes, la base de datos de usuarios de gas natural y electricidad lleva a cabo un chequeo automático de los criterios de inclusión y exclusión para la Tarifa Social en cada caso.
Puede ser el caso que:
*Un usuario previamente beneficiario de la Tarifa Social deje de serlo, debido a que ya no cumple los requisitos de inclusión (por ejemplo, su nivel de ingresos se incrementó por encima de dos Salarios Mínimos, Vitales y Móviles).
*Un usuario que no era beneficiario de la Tarifa Social empiece a ser beneficiario, debido a que empieza a cumplir los requisitos de inclusión (por ejemplo, su nivel de ingresos disminuyó a un monto menor o igual a dos Salarios Mínimos, Vitales y Móviles).
PARA MÁS INFORMACIÓN DIRIGIRSE AL ENTE REGULADOR EN CHUBUT
Organismo Municipal Regulador de los Servicios Públicos Rivadavia 390, 9100 - Trelew (0280) 42-7910/936/939