Acceso a la información pública: Qué datos debe publicar la Municipalidad de Esquel
Fue aprobado el proyecto de ordenanza presentado por el concejal Hernán Alonso, que garantiza el acceso a la información pública y los aspectos a publicar en la web y en el boletín oficial. Los detalles
Este jueves sesionó el Concejo Delineante de Esquel y los ediles aprobaron por unanimidad el proyecto de Acceso a la Información Pública.
El autor del proyecto, el concejal Hernán Alonso, señaló que la normativa “viene a ordenar lo que ya viene haciendo el Ejecutivo Municipal” e introduce otros puntos “para que los ciudadanos tengan rápido acceso a la información pública”.
Aseguró que se trata de una “nueva herramienta de transparencia” y resaltó que es obligatorio que estén informados todos los actos de gobierno que se detallan en la ordenanza.
Además, mencionó que cumple con parte de lo suscripto por el Intendente Ongarato en el marco del acuerdo por la verdad y la democracia firmado con el FORO DE PERIODISMO ARGENTINO en el año 2022.
Ese acuerdo menciona diferentes puntos con el fin de generar transparencia en los actos de gobierno y fortalecer el periodismo profesional y el derecho a la información de los ciudadanos.
Ordenanza: Acceso a la Información Pública
: Establézcase como OBLIGATORIO la publicación mensual en el Portal de Gobierno Abierto ubicado en la página web y en el boletín oficial de la Municipalidad de la Ciudad de Esquel información sobre:
- Ejecución presupuestaria mensual.
- Ordenanza Tarifaria.
- Órdenes de compra.
- Órdenes de pago.
- Organigrama Municipal
- Contratos de locación de Servicios.
- Contratos de locación Obras.
- Contratos de Alquiler.
- Pautas publicitarias.
- Sueldos de los tres poderes
- Ordenanzas promulgadas con autor/ autores y votación
La publicación de la Información citada en el Artículo 1° deberá constar de los siguientes datos:
- Apellido y Nombre o Razón Social del contratado.
- Importe mensual percibido.
- Tipo de contratación.
- Tareas, funciones y/o obras del contratado.
- Montos ejecutados.
La publicación será obligatoria a partir de la sanción de la presente.