El municipio de Trevelin promulgó la ordenanza que regula la Feria de Artesanos
A través de un comunicado oficial, el Ejecutivo Municipal dio a conocer los principales puntos acordados para el funcionamiento del importante paseo del Pueblo del Molino.
El Ejecutivo municipal de Trevelin promulgó y difundió este miércoles la Ordenanza N° 2236/23 por la que se declara a la Feria Artesanal Alfarero Fernando Garralda “Patrimonio Cultural e Histórico” en el ámbito de la localidad, al tiempo que establece sus normas de funcionamiento.
Según informó la Municipalidad de Trevelin, se trata de una normativa que actualiza la organización interna y las modalidades de funcionamiento para esta Feria Municipal que cuenta con 30 años de historia y constituye uno de los paseos tradicionales de la localidad.
La ordenanza, actualizando la normativa que rige desde 1996, establece la creación de la Feria Artesanal “Alfarero Fernando Garralda”, en el ámbito de la Plaza Coronel Fontana de Trevelin. Al mismo tiempo, la declara “Patrimonio Cultural e Histórico de la Municipalidad de Trevelin”.
Cuatro categorías de feriantes
Entre los puntos destacados de la normativa, que cuenta con 73 páginas entre su articulado y anexos específicos, se ratifica la pertenencia de la Feria Artesanal dentro de la órbita municipal siendo la autoridad de aplicación de la ordenanza la Secretaría de Coordinación de Gabinete de la Municipalidad de Trevelin.
Consigna aspectos de funcionamiento tales como que la Feria contará con tres órganos propios para su funcionamiento: una Asamblea de Feriantes Permanentes, una Comisión Organizadora y una Comisión Fiscalizadora.
Asimismo, establece las siguientes categorías de feriantes, según la modalidad de su participación: Permanentes, Transitorios, Invitados y Visitantes, cada uno con sus respectivos requisitos, obligaciones y derechos.
Los “Feriantes Permanentes” serán aquellos que cumplan con más de 5 años residencia en Trevelin y sus parajes, según domicilio legal registrado en su DNI; más de 3 años de antigüedad inmediata e ininterrumpida de participación en la feria y 15 días de presentismo en la temporada alta ferial anterior, entre otros.
Entre los derechos para los feriantes permanentes, la normativa señala que podrán participar en las Asambleas de Feriantes Permanentes; ser miembros de la Comisión Organizadora; miembros de la Comisión Fiscalizadora, y tendrán prioridad en la asignación de puestos fijos, dependiendo de las vacantes existentes.
Como “Feriantes Transitorios”, están facultados a participar de las Reuniones Generales de Feriantes, aunque no podrán hacerlo en las Asambleas de Feriantes Permanentes, como tampoco ser miembros de la Comisión Organizadora ni de la Comisión Fiscalizadora. Asimismo, no se les serán asignados puestos fijos.
Los Feriantes Transitorios, podrán ser re categorizados como “Permanentes” una vez cumplidos los 3 años de antigüedad inmediata e ininterrumpida de participación en la feria y cumpliendo el resto de las condiciones establecidas.
Por su parte, los Feriantes Invitados serán aquellos que tengan residencia en Esquel, Corcovado, Carrenleufú o Cerro Centinela o menos de un año de residencia en Trevelin y sus Parajes.
Como “Feriantes Visitantes”, por último, se considera a toda aquella persona física que circunstancialmente se encuentre en la localidad, que no esté inscripta en el Registro de Feriantes de la Feria de Artesanos “Alfarero Fernando Garralda” y que desee exponer y comercializar su producción de artesanías o manualidades, para lo cual la Comisión Organizadora podrá autorizar su participación en la feria por un plazo no mayor a dos (2) días consecutivos y no renovables por mes.
Se aclara también, que “su producción únicamente podrá pertenecer a las categorías de Artesanías y Manualidades”, cumpliendo además con las condiciones establecidas por la ordenanza. Se estipuló un cupo máximo de cinco feriantes invitados por jornada ferial, sólo en caso de contar con puestos vacíos y disponibles.
Los expositores Invitados “no serán considerados miembros de la Feria Artesanal Alfarero Fernando Garralda”.
Añade en este punto la ordenanza que la Comisión Organizadora determinará la distribución de los puestos, debiendo “dar prioridad a los Feriantes Permanentes, Transitorios e Invitados para determinar los cupos disponibles en cada jornada ferial”.
Del mismo modo, la Comisión Fiscalizadora de la Feria de Artesanos “elaborará y mantendrá actualizado el Registro de Feriantes de la Feria de Artesanos Alfarero Fernando Garralda, el que será actualizado y presentado entre el 15 y el 30 de Agosto de cada año ante el Honorable Concejo Deliberante de Trevelin”.
En cuanto a los artículos y productos que son aceptados para vender en la feria, la normativa enumera las siguientes categorías: Artesanías, Manualidades, Productos Alimenticios Artesanales, Productos No Alimenticios Provenientes de la Producción Agroecológica.
No estará permitida “la actividad de reventa de cualquier tipo de mercadería, la venta de artículos industrializados y el mero ensamble de piezas industrializadas o serializadas”.
Más días de Feria
En cuanto a su organización y funcionamiento, la ordenanza amplía los días habilitados semanalmente para la Feria los que a partir de su sanción serán miércoles, viernes, sábado, domingo y feriados nacionales en horarios de 12 a 23 durante la temporada alta ferial, y los días sábados y domingos de 12 a 20 durante la temporada baja ferial.
En este sentido, también se indica que las temporadas altas y bajas para el funcionamiento de la Feria y en tal sentido precisa que “la temporada alta ferial corresponde al periodo comprendido entre el 1 de Octubre y el 15 de Marzo del año siguiente y la temporada baja ferial corresponde al periodo comprendido entre el 16 de Marzo y el 30 de Septiembre del año en curso”.
Cobro y destino del Canon Ferial
En el articulado de la ordenanza se detalla también los montos que los artesanos deberán abonar en concepto de Canon Ferial, de acuerdo a sus categorías: Feriantes Permanentes y Transitorios: 4 Módulos Municipales; Feriantes Invitados: 8 Módulos Municipales; Feriantes Visitantes: 15 Módulos Municipales. El cobro del canon estará a cargo de la Comisión Organizadora.
La ordenanza establece que el 50% de lo recaudado durante cada jornada ferial por el concepto de Canon Ferial será destinado a abonar a la persona designada por la Comisión Organizadora para realizar la logística del armado de los puestos.
El 25% del total recaudado en cada jornada ferial se abonará a la Municipalidad de Trevelin en concepto de aporte solidario para el mantenimiento del espacio público utilizado. El 5% de lo recaudado en cada jornada ferial será administrado por la Comisión Organizadora bajo el concepto de Caja Chica de Comisión Organizadora.
El 15% de lo recaudado en cada jornada ferial será reservado para el mantenimiento, reparación y adquisición de infraestructura ferial (hierros de los puestos, carro utilizado para el armado de los puestos, tablones para mesas y caballetes exclusiva y excluyentemente), que se realizará una vez al año, durante la temporada baja ferial.
El saldo total resultante, expresa la ordenanza “se reservará para gastos extraordinarios que, en todos los casos, deberán ser aprobados por el Honorable Concejo Deliberante a través del instrumento administrativo y legal pertinente”.
Por último, cabe destacar que la implementación de la Ordenanza promulgada el miércoles último, cuenta con un plazo de 90 días para su plena implementación, durante el cual se conformará una Comisión Transitoria bajo la órbita del Concejo Deliberante que estará integrada por tres concejales respetando la representatividad y proporcionalidad de todos los bloques partidarios; un representante del Poder Ejecutivo Municipal, designado por la Secretaría de Coordinación de Gabinete y 5 miembros de la Feria de Artesanos “Alfarero Fernando Garralda” que se postulen de forma voluntaria para tal tarea.
Fuente: Prensa Municipalidad de Trevelin