Pago de aguinaldo: El municipio propone bonificaciones para aliviar a comerciantes
La medida es por un mes e ingresa hoy al Concejo. Apunta a aliviar la carga impositiva a comerciantes para que puedan hacer frente al aguinaldo. ¿De qué se trata?.
Este viernes ingresará en el Concejo Deliberante de Esquel un proyecto de ordenanza propuesto por el Ejecutivo de Esquel que apunta a ofrecer una medida para comerciantes, que consiste en bonificaciones impositivas a comerciantes para acompañarlos con el pago del aguinaldo que deben enfrentar el mes próximo.
En los considerandos la propuesta expresa que el rol del Poder Ejecutivo en la emergencia sanitaria exige implementar con inmediatez los instrumentos que permitan atender las consecuencias económicas y sociales que se manifiestan en el actual contexto de crisis;
Que la pandemia por COVID-19 agravó la situación socio económica y sumó un impacto negativo ahondando el deterioro de la actividad comercial y la situación social en el ámbito municipal;
Que el panorama especial, complejo y extraordinario que atraviesan los comerciantes de Esquel ante el pago del Primer Salario Anual Complementario del año 2021 de requiere la instrumentación de medidas igualmente especiales y excepcionales para llevar contención y alivio a las y los contribuyentes que sufren un mayor nivel de impacto y de vulnerabilidad económica y social;
Que, en este orden, deviene necesario, oportuno y conveniente, propiciar respecto del universo reseñado en el párrafo anterior, la aplicación de una medida de bonificación impositiva que favorezca aliviar la carga que implicará para muchos comerciantes el pago del primer Aguinaldo, como así también la pronta recuperación de su desempeño económico.
¿Quiénes están comprendidos?
ARTÍCULO 2°. Establecer como beneficiarios de las medidas excepcionales adoptadas en el marco de la presente Ordenanza, a las y los contribuyentes en el impuesto sobre los Ingresos Brutos y en la Tasa de Inspección, Seguridad e Higiene que reúnan las siguientes condiciones:
a. Tener presentadas la totalidad de las declaraciones juradas del impuesto sobre los Ingresos Brutos y de la Tasa de Inspección, Seguridad e Higiene al momento de presentar la solicitud de beneficio.
b. Tener registrado, a la fecha de la solicitud del beneficio, al menos un (1) empleado en relación de dependencia.
ARTÍCULO 1°. Disponer, en el marco del estado de crisis económica y sanitaria, la implementación de medidas excepcionales con motivo de lograr un alivio fiscal y acompañamiento a los contribuyentes de la ciudad de Esquel; con el alcance que se establece en la presente ordenanza.-
El detalle de la bonificación
*Bonificar en un cincuenta por ciento (50 %) adicional, a la bonificación establecida según Ordenanza Tarifaria Vigente (Art. 62) a los sujetos comprendidos en el artículo anterior, en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos por las obligaciones a devengarse en el período Junio 2021 (anticipo 06/2021)
*Bonificar en un Cincuenta por ciento (50 %) adicional, a la bonificación establecida según Ordenanza Tarifaria Vigente (Art 32), a los sujetos comprendidos en el artículo anterior, en la Tasa de Inspección, Seguridad e Higiene por las obligaciones a devengarse en el período Junio 2021 (anticipo 06/2021).