Tres sujetos fueron hallados culpables del delito de robo agravado por uso de armas
El hecho violento ocurrió en una vivienda de Esquel la noche del día del amigo de 2020. La próxima semana se haría pública la sentencia completa.
El Tribunal conformado por Martín O’Connor, Silvana Vélez y Jorge Novarino declararon coautores de Robo agravado por uso de armas en concurso ideal con robo agravado por ser cometido en poblado y en banda, a Aldo Liempe, Mauricio Huichacoy y Rodrigo Andrés García. Se juzgó un hecho violento ocurrido en una vivienda de Esquel la noche del día del amigo de 2020.
El jueves 27 de octubre por la tarde, las partes debatirán sobre la pena y una semana después se haría pública la sentencia completa. La investigación fue llevada a juicio por la fiscal María Bottini.
El presidente del Tribunal fue el encargado de dar a conocer el veredicto alcanzado por unanimidad y exponer los fundamentos. Indicó en primer término, los hechos que no fueron controvertidos por las partes: que tres amigos se habían juntado en la casa de uno de ellos, la noche del 20 de julio de 2020. Celebraban el día del amigo con comida, bebida y consumo de marihuana. En ese domicilio había un invernadero en el que entre otras cosas se cultivaba cannabis. Ese día estuvieron también en la vivienda los tres imputados y entre unos y otros existió una situación violenta, aunque las características de esta situación sí estuvieron controvertidas.
La decisión del Tribunal partió de dar respuesta a ¿Qué sucedió dentro de ese domicilio entre los protagonistas citados en horas de la noche?
Para responder, tuvieron en cuenta las posturas de las partes y las contrastaron con la prueba. La Fiscalía postuló que los acusados entraron por la fuerza portando un arma de fuego y un cuchillo, golpearon a las tres víctimas, las ataron, tomaron diferentes elementos y se retiraron.
Las defensas afirmaron que los imputados fueron a comprar droga y se armó una pelea que incluyó varios golpes. El Tribunal debió analizar si se trató de una pelea o un robo.
¿Si vendía droga, podía ser víctima?
Para los tres jueces, que una persona haya cometido el hecho más grave imaginable, o haya cometido un hecho moralmente repudiable, no implica que no pueda ser víctima de un delito.
“Aun cuando este Tribunal pueda aceptar probado que una de las víctimas vendía droga o haya cometido algún otro delito, eso no implica que no pueda ser víctima de delitos”, indicó.
La decisión que debe tomar el Tribunal es si los hechos llevados a juicio por la Fiscalía fueron probados con el grado de certeza exigible.
Respecto de la venta de drogas, O’Connor adelantó que en la sentencia final del caso se van a remitir las constancias respectivas al juzgado federal de Esquel para que se investiguen las presuntas infracciones a la ley de estupefacientes que se desprenderían de algunas declaraciones testimoniales.
Dirimiendo las controversias
Las víctimas reconocieron haber mentido al principio del proceso porque temían que se supiera que en el interior de la casa había plantas de marihuana. Los jueces consideraron que si mintieron en esa circunstancia se puede pensar que podrían volver a mentir en su declaración testimonial. Por lo que decidieron aceptar las declaraciones en tanto que estas sean corroboradas por otros elementos de prueba.
En tal sentido se valieron de comunicaciones de uno de los imputados, prueba científica de la participación de otro de ellos, la constatación de que fueron sustraídos al menos una cámara fotográfica y dos teléfonos celulares, las lesiones compatibles con el empleo de un arma blanca y el reconocimiento del cuchillo secuestrado. No tuvieron por probado que los imputados se valieron de un arma de fuego para cometer el hecho.
El Tribunal entendió que ingresaron para comprar droga, se produjo una pelea, sustrajeron elementos y se fueron dejando atadas a las víctimas, una de las que se pudo desatar casi inmediatamente y pedir ayuda.