La sentencia, emitida por el Juzgado de Familia de Esquel a cargo de la Dra. Mariela González de Vicel, condena a una persona a abonar un alta suma de dinero en concepto de indemnización por haber ejercido violencia física y psicológica durante la convivencia de pareja.

El caso se conoció por la denuncia de la víctima, quien en el año 2011 y cuando tenía 19 años, inició una relación con el demandado -por aquel entonces tenía 33 años- y si bien el primer año de convivencia fue bueno, a partir de allí la relación siempre fue violenta.

En su denuncia, indicó que todo empezó con episodios de celos por las actividades que la joven desarrollaba y que eran propias de su edad. Esos episodios de violencia psicológica se fueron alternando con violencia física, la cual fue en aumento hasta llegar a golpes con distintos objetos y amenazas con armas blancas. Estas conductas se reproducían también en violencia económica, ya que el agresor ejercía maltrato psicológico al amparo de ser el único que tenía ingresos en la pareja.

Pese a haber interrumpido la relación sentimental para estudiar en otra provincia, la joven volvió a reanudar tiempo después el vínculo y la convivencia en otra ciudad cordillerana, pero sin conocimiento de su familia. En ese nuevo entorno, los episodios de violencia volvieron a sucederse de manera constante, lo que motivó la ruptura definitiva y las primeras denuncias de parte de la joven.

Tras analizar el caso, la jueza González de Vicel hizo lugar a la demanda y condenó al agresor a abonar la suma de $ 987.600 "en concepto de indemnización derivada de los daños patrimoniales y no patrimoniales producidos por haber ejercido violencia física y psicológica durante la convivencia de pareja".

El fallo completo:

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