Condenan por abuso sexual agravado al preceptor de una escuela
El juez Martín O’ Connor dictó sentencia de responsabilidad penal por abuso sexual simple agravado por ser quién tenía a cargo la educación de su víctima.
El acusado era preceptor en una institución educativa de nivel medio y la víctima, es un niño de 12 años que asistía a esa escuela. El imputado tenía muy buen concepto en la comunidad educativa de la escuela y su versión de los hechos fue aceptada por la institución. El niño fue interpelado en la escuela y pese a que siempre sostuvo sus dichos, las autoridades no le creyeron.
Con todos estos frentes adversos, la denuncia llegó a la Fiscalía y fue investigada por la fiscal María Bottini y por la funcionaria Julia Mateos. El equipo de la Agencia especializada en Delitos contra la Integridad Sexuala sistió al niño y a su familia.
Ninguno de los profesionales intervinientes basó su perspectiva en criterios arbitrarios. El relato realizado por el niño, ya en Cámara Gesell, fue sometido a pericia psicológica y validado frente a todas las demás variables consideradas en la investigación. Por el contrario, la versión del imputado resultó inconsistente.
"Un testigo puede falsear su testimonio porque quiere mentir o porque percibió erróneamente la realidad", planteó el juez en su exposición. "Entiendo que no mintió. En primer lugar porque no hay razones para haber mentido. No encuentro ninguna razón para que intente decir algo contrario a lo que realmente ocurrió. Es más, todo lo contrario, había varias razones que lo llevaban a callar la verdad".
De la declaración del niño y de sus amigos, surgió que no querían afectar al imputado con lo que estaban contando. El preceptor era una persona apreciada dentro de su escuela. "Advierto que son razones para que callar la verdad. En un acto de gran valentía del menor, se atrevió a contar lo que realmente sucedió", destacó O' Connor.
¿Es posible que se haya confundido? ¿Qué haya interpretado mal? Se cuestionó Martín O' Connor en su razonamiento. "Descarto de plano esta posibilidad. Esto pondría en jaque el concepto mismo de abuso sexual. Un abuso sexual implica un acercamiento o tocamiento de características sexuales sin que medie un consentimiento válido". En este caso no habría posibilidad alguna de consentimiento válido por la edad del niño. Para el juez, igual que para la víctima, no hubo confusión, "este hecho tuvo una connotación claramente sexual". No se confundió en el aspecto consciente, ni en el inconsciente.