El tribunal presidido por el Dr. Mariano Nicosia e integrado por sus pares Martín Cosmaro y Carlos Tedesco dieron a conocer la resolución respecto a la causa judicial conocida como “Emergencia Climática I”, la cual investigó el accionar de funcionarios municipales, empresas y contratistas particulares respecto a la contratación de servicios para mitigar las consecuencias del temporal que afectó a Comodoro Rivadavia entre fines de marzo y principios de abril de 2017.


En un extenso veredicto, cuya lectura se inició pasadas las 9 de la mañana del lunes y culminó después del mediodía, los magistrados declararon penalmente responsables del delito de fraude a la administración pública a los ex funcionarios municipales Abel Horacio Boyero y Rubén Daniel Palomeque, como así también al empresario Roberto Adel Monasterolo en los autos caratulados ‘Ministerio Público Fiscal s/ Investigación de Oficio (Emergencia Comodoro Rivadavia)"


También fueron declarados penalmente responsables los trabajadores municipales Rubén Darío Sartori, Joaquín Luciano Mansilla, Juan Carlos Lara y Eduardo Marcelo Van Heerden. Además, fueron condenados Cristian Leonardo Pérez, Javier José Morales y Cristian Hernán Lobos Rozas.


Por su parte, el empleado municipal Ernesto Alejandro Herk fue absuelto, en tanto que los empresarios Gonzalo Sebastián Pérez y Esteban Julián Astiz fueron sobreseídos. 
Resolución de Veredicto

Comodoro: la justicia condenó a funcionarios y empresarios en la causa Emergencia Climática


En cuanto a las participaciones el tribunal declara penalmente responsable a Cristian Leandro Pérez, Roberto Adel Monasterolo, Javier José Morales, Cristian Hernán Lobos por el delito de Fraude en Perjuicio de la Administración Publica en calidad de autor.


Al mismo tiempo declaró a Rubén Daniel Palomeque penalmente responsable del delito de Fraude en Perjuicio de la Administración Pública en carácter de cómplice primario. La misma calificación legal alcanzó al ex funcionario municipal Abel Horacio Boyero.

En el caso de Joaquín Luciano Mansilla se lo condenó por ser autor penalmente responsable del delito de Fraude en Perjuicio de la Administración Pública en carácter de cómplice primario, en concurso ideal con Falsedad Ideológica de Instrumento Publico en carácter de autor. La misma calificación legal alcanzó a Rubén Darío Sartori, a Juan Carlos Lara y a Eduardo Marcelo Van Heerden.

Por otra parte, el los jueces Nicosia, Cosmaro y Tedesco absolvieron a Ernesto Alejandro Herk de los delitos imputados

Tras a dar a conocer el veredicto, se fijó para el día lunes 29 de julio de 2024 a las 9:00 la audiencia de cesura para debatir la pena a imponer a los responsables penales.