La titular del Juzgado de Familia de Comodoro Rivadavia, María Marta Nieto, estableció "la prohibición de suspender el dictado de clases con motivo en medidas de fuerza adoptadas gremialmente" e intimó también al Ministerio de Educación de Chubut a brindar respuestas a los reclamos gremiales.

Entre otras cuestiones, en el fallo prioriza el derecho a la educación de los niños, niñas y adolescentes de la ciudad por sobre los otros bienes jurídicos, dado "que ven afectado el ciclo lectivo 2018 con motivo de las medidas de fuerza adoptadas por el gremio docente en virtud de su reclamo contra el propio Estado empleador".

También agrega entre sus argumentos que "la consideración del interés superior del niño como algo primordial requiere tomar conciencia de la importancia que deben tener sus intereses en todas las medidas y tener la voluntad de dar prioridad a esos intereses en todas las circunstancias, pero sobre todo cuando las medidas tengan efectos indiscutibles en los niños de los que se trate (conf. Comité de los Derechos del Niño, Observación General 14, cit., párr. 40.)".

Cabe aclarar que el fallo de la jueza es preventivo y tendrá duración hasta que se resuelva el amparo, por lo que exhorta al Poder Ejecutivo y al Ministerio de Educación para que en un plazo de 20 días hábiles informen al Juzgado sobre las medidas a adoptar en lo inmediato y a mediano plazo, para revertir el conflicto.

Por último, califica la situación como "lesiva al derecho a la educación de los NNyA, que contemplen reclamos gremiales de público conocimiento, como asimismo, el resultado de la conciliación obligatoria en proceso, bajo apercibimiento de imponer sanciones pecuniarias o de otra índole a fin de vencer la resistencia a su cumplimiento".

Fuente: ADNSur

Autor: EQSnotas