Abuso sexual en campamentos de exploradores: un hombre es juzgado por hechos en Esquel y Treorky
Se trata de dos hechos ocurridos en el 2013 cuando la víctima tenía 13 años. Sucedieron en campamentos organizados por el Movimiento Explorador Salesiano.
En el día de ayer dieron comienzo las jornadas en el marco de un juicio oral donde se juzga la conducta desplegada por una persona que hacía las veces de “coordinador” en el movimiento de exploradores de Don Bosco en perjuicio de un menor que integraba esa agrupación, en hechos ocurridos en el año 2013 y cuya víctima contaba con trece años de edad.
Contexto
La fiscal general Julieta Gamarra en representación del Ministerio Público Fiscal expuso en primera instancia el contexto en que se sucedieron los presuntos delitos que se ventilan en este debate. Adelantó que los hechos sucedieron en dos campamentos organizados por el movimiento de exploradores argentinos de Don Bosco, batallón 90 “Lucio Sabatti” que funciona en la parroquia María Auxiliadora de esta ciudad. Este movimiento ya existía décadas atrás en sede del colegio Padre Juan y con otro número pero luego se disolvió y en el año 2010 un grupo de personas decidieron reunirse y fundarlo nuevamente.
Jerárquicamente el batallón está formado por el capellán, que suele concurrir a los campamentos a oficiar misa, un jefe masculino y una femenina, luego le siguen los coordinadores que guían a los orientadores, que sueles ser adolescentes, y finalmente los integrantes que se dividen en patrullas según las etapas de la formación. Se intenta que haya un coordinador y varios orientadores en cada etapa, quienes tienen a los grupos a su cargo, entre diez y quince personas. A veces, cuando no hay orientadores, el coordinador asume esa doble función.
Campamentos
Anualmente se realiza un campamento en el mes de enero generalmente, “campamento anual”, como cierre de año, siempre dentro del territorio de la provincia y por al menos una semana de extensión, donde concurre el batallón completo. Luego se realizan otros campamentos en el transcurso del año, cerca de Trelew y que duran un fin de semana, al que concurren solo los chicos de una determinada etapa y con algún objetivo en particular, alguna experiencia de ese grupo, no siendo más de quince chicos además de los orientadores y coordinadores. No obstante, suelen sumarse a estos campamentos el resto de los coordinadores, además del encargado del grupo, a modo de colaboración e incluso los jefes.
El imputado
Quien es traído a este juicio oral era coordinador en 2013, pero no era un coordinador más, según lo expresó la fiscal Gamarra. Era mayor que todos los demás, el más experimentado, al que conocieron en los años 80 cuando ya era orientador/coordinador de la mayoría que ahora eran coordinadores. Por esa razón lo convocaron al refundarse el batallón. Coinciden todos los testigos en su liderazgo, su carisma, la capacidad para manejar y resolver conflictos con y entre los niños y adolescentes, por lo que era un referente para todos ellos. El joven que resultó víctima asistió al movimiento entre septiembre y y octubre de 2012 y hasta un par de meses después de octubre de 2013. Esos dos campamentos de enero de 2013 y agosto del mismo año fueron los únicos a los que asistió.
Los hechos
Refirió la fiscal general que el primer hecho imputado ocurrió en enero de 2013 en Esquel, donde tuvo lugar el campamento anual al que concurrió gran parte del batallón 90 y duró once días. Allí estaba el imputado como coordinador y el menor de trece años como integrante de una patrulla. Ambos quedaron seleccionados para compartir una de las carpas junto a otros dos compañeros
En una de las primeras noches y cuando los menores se habían ido a dormir irrumpió el coordinador, que se sacó la ropa y se metió dentro de la bolsa de dormir de la víctima, que finalmente se durmió. Allí aprovechando la superioridad que tenía como líder dentro del movimiento y que su víctima era un niño de trece años que se encontraba bajo su custodia, sabiendo lo que hacía y con el fin de menoscabar la integridad sexual del niño, procedió a concretar el abuso, aún a pesar que por lo que sucedía despertó, continuando con su aberrante accionar.
En algún momento, el niño intentó defenderse, ya que el imputado insistía con todo tipo de tocamientos, y decidió ir a buscar su navaja, la clásica que tienen todos los exploradores que creyó tener en algún bolsillo del pantalón, pero no la encontró. Cuando se levantó a la mañana contó lo sucedido a los amigos que el coordinador había abusado sexualmente de él y no le contó a ningún adulto pues temía que se burlaran o que suspendieran el campamento.
El segundo de los hechos ocurrió el mismo año, el 9 de agosto por la noche en un campamento de tres días realizado en chacra San Roque ubicada en la zona de Treorky, entre Trelew y Gaiman. Esta vez no eran más de veinte chicos y el menor ya contaba con catorce años.
Con procedimientos similares de selección quedaron en la misma carpa y el imputado hasta mandó a algunos chicos para que se distribuyan en otras, quedando solamente uno más junto a ellos. En la primera de las dos noches el afectado se acostó, pero para prevenirse lo hizo con la navaja multiuso por si la necesitaba. El coordinador procedió de la misma manera abusando de su víctima, sin dejarla en paz. En un momento, cuando lo manoseaba intensamente, el menor se sentó y con la navaja en la mano lo insultó, dejándole en claro que no deseaba participar de su “juego". El agresor lo alumbró con su linterna y le decía: “¿Qué te pasa?¿estás soñando?. El otro compañero de carpa dormía. Al otro día, la víctima contó a sus amigos y dijo que no quería dormir más con el coordinador, aunque sin dar la verdadera razón.
Calificación Jurídica
De acuerdo a la investigación llevada adelante y la prueba reunida, la fiscalía entiende que los hechos resultan captados por el artículo 119 último párrafo, dos hechos en concurso real, artículo 55 en calidad de autor, artículo 45 del código penal, esto es abuso sexual simple agravado por la condición de guardador.
Indicó la fiscal que no se advierte que existan en el caso, causas de justificación ni de inculpabilidad previstas en el código de fondo que autoricen a relevarlo o atenuar su responsabilidad respecto de los sucesos que se atribuyen.
Participantes
El Juicio se realiza con la participación del Juez Marcelo Nieto Di Biasse, mientras que la defensa es ejercida por Osvaldo Heiber, quien al momento del alegato de inicio abogó por el sobreseimiento de su cliente, al indicar que el Ministerio Público Fiscal no podrá probar los hechos, y enfatizó acerca del tiempo transcurrido para generar un proceso de esta naturaleza. Está previsto que este juicio se extienda hasta mitad de la próxima semana aproximadamente.
Fuente: Ministerio Público Fiscal