La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología ( ANMAT) prohibió la venta de una marca de yerba mate y de un aceite de oliva por irregularidades en su fabricación. El organismo nacional comunicó mediante el Boletín Oficial que ambos productos no tenían registros sanitarios ni de establecimiento de elaboración.

En las disposiciones 2880/2024 y 2879/2024, la ANMAT dejò en claro que a partir de la consulta de un particular en relación a la autenticidad de los productos:

  • Hierbas saborizadas para infusión, marca La Montañita, Nombre de fantasía Producto Artesanal, Usillo, Poleo, Burrito, Cedrón, Baila Bien.
  • Fecha de elaboración Enero 2023.
  • Fecha de vencimiento Enero 2026.
  • Cont. Neto 500 Gr, Luyaba, San Isidro”.
  • Aceite de Oliva Extra Virgen, marca Chacras del Olivo
  • Cont.Neto 2 Lts.
  • Consumir antes Diciembre/25, Establ. N° 22628339, Rne 4379-162946-39, Rnpa 4552-3985-41.
  • Origen de La Rioja.

No cumplían las normativas vigentes.

Del aceite de oliva, desde el organismo detectaron que carecía de registro de establecimiento y de producto. También que estaba falsamente rotulado al exhibir en su rótulo números de registros sanitarios inexistentes, resultando ser en consecuencia un producto ilegal.

En relación a las hierbas para infusión, ANMAT realizó una inspección en un establecimiento donde constató su comercialización, verificó que el establecimiento no cuenta con habilitación municipal y que no cumple con las condiciones edilicias ni las normas higiénico sanitarias para un establecimiento elaborador de alimentos.