Este martes la Cámara de Diputados inicia el debate en comisiones de la Ley Ómnibus
Con las autoridades ya designadas, las tres comisiones se reunirán martes y miércoles para iniciar finalmente el tratamiento del proyecto de ley enviado por el presidente Javier Milei.
El presidente de la Comisión de Legislación General de la Cámara de Diputados, Gabriel Bornoroni (LLA), convocó para este martes 9 de enero a las 14 a un plenario de esa comisión, con la de Presupuesto y Hacienda, presidida por José Luis Espert, y Asuntos Constitucionales, encabezada por Nicolás Mayoraz, para dar inicio al tratamiento del proyecto de ley de" Bases y Puntos de partida para la Libertad de los Argentinos".
La convocatoria, además, contempla una segunda reunión para el miércoles 10 de enero de 9 a 20 en la Sala 2 del Anexo “C”. En ambas fechas, concurrirán miembros del Poder Ejecutivo (presencial o virtualmente) para explicar diferentes aristas del texto enviado por el presidente de la Nación, Javier Milei.
Asimismo, la convocatoria incluye una dirección de correo electrónico ([email protected]) donde los diputados podrán enviar inquietudes y preguntas hasta el lunes 8 a las 20.
En la denominada “ley ómnibus” se encuentran aquellas cuestiones sobre las que el Poder Ejecutivo no puede legislar, como aspectos tributarios y electorales. El texto contiene más de 664 artículos y 183 páginas (sin los anexos).
El proyecto
En su artículo 1ro., el proyecto señala que tiene por objeto “promover la iniciativa privada, así como el desarrollo de la industria y del comercio, mediante un régimen jurídico que asegure los beneficios de la libertad para todos los habitantes de la Nación y limite toda intervención estatal que no sea la necesaria para velar por los derechos constitucionales”.
“La presente ley contiene delegaciones legislativas al Poder Ejecutivo nacional de emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, social, previsional, de seguridad, defensa, tarifaria, energética, sanitaria y social, con especificación de las bases que habilitan cada materia comprendida y con vigencia” durante el plazo de dos años, es decir, hasta el 31 de diciembre de 2025, pero el mismo puede ser prorrogado por dos años, es decir hasta 2027 -todo el mandato-.
Entre los puntos principales, se declara sujeta a privatización a un conjunto de empresas públicas, entre ellas la Administración General de Puertos, Aerolíneas Argentinas, AySA, Banco de la Nación, Fabricaciones Militares, Ferrocarriles Argentinos, Radio y Televisión Argentina e YPF.
Por otra parte, suspende la fórmula de movilidad jubilatoria y establece que se faculte al Poder Ejecutivo “a establecer una fórmula automática de ajuste” teniendo en cuenta “los criterios de equidad y sustentabilidad económica”.
Uno de los últimos artículos del proyecto hace referencia al mega DNU de desregulación del Estado, que ha generado polémica y rechazos. El artículo 654 propone que se lo ratifique.
Sobre endeudamiento, la iniciativa propone derogar el artículo 1ro. de la Ley de Fortalecimiento de la Sostenibilidad de la Deuda Pública, de modo de eliminar que las autorizaciones de deuda en moneda extranjera requieran una ley especial del Congreso.
Entre los cambios tributarios, establece la creación del “Régimen Especial de Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales”, modificaciones en impuestos internos y derechos de exportación (retenciones). También propone cambios en la Ley de Hidrocarburos, el Marco Regulatorio del Gas Natural y Ley de Biocombustibles.
En una serie de modificaciones al Código Penal, se agravan las penas de uno a tres años y seis meses de prisión para quien “sin crear una situación de peligro común, impidiere, estorbare o entorpeciere el normal funcionamiento de los transportes por tierra, agua o aire o los servicios públicos de comunicación, de provisión de agua, de electricidad o de sustancias energéticas”.
Además, se agrega que “si se impidiere, estorbare o entorpeciere la circulación o medios de transporte público portando un arma propia, impropia, se causare daño a la integridad física de las personas, la pena será de dos a cuatro años de prisión, siempre que no constituyere un delito más severamente penado”.
A su vez, “quienes dirijan, organicen o coordinen una reunión o manifestación que impidiere, estorbare o entorpeciere la circulación o el transporte público o privado o que causare lesiones a las personas o daños a la propiedad serán reprimidos con prisión de dos a cinco años, estén o no presentes en la manifestación o acampe. Le corresponderá pena de prisión o reclusión de tres a seis años a quienes mediante intimidación, simulando autoridad pública o falsa orden de la autoridad, bajo promesa de remuneración o bajo amenaza de quita o de asignación de un beneficio, plan, subsidio de cualquier índole, obliguen a otro a asistir, permanecer o alejarse de una movilización o protesta”.
Entre los puntos salientes, se prevén cambios en las leyes de la Oficina Anticorrupción, la Ley de Ética Pública, la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos y la Ley General de Sociedades.
También se faculta al PEN a “disponer por razones de emergencia la renegociación o en su caso rescisión de los contratos de cualquier tipo que generen obligaciones a cargo del Estado, celebrados con anterioridad al 10 de diciembre de 2023 por cualquier órgano o ente descentralizado de la Administración Pública nacional, con excepción de los contratos suscritos en virtud de los procesos de privatización autorizados por la Ley N° 23.696 y que estén regidos en sus prestaciones por marcos regulatorios establecidos por ley; así como por aquéllos que cuenten con financiamiento internacional”.
En otro artículo se busca facultar al PEN para “autorizar el ingreso al país de contingentes de personal y medios de las Fuerzas Armadas, pertenecientes a otros países para actividades de ejercitación, instrucción o protocolares de carácter combinado”.
El proyecto establece numerosas modificaciones al Código Civil y Comercial; cambios en la legítima defensa (Código Penal); el traspaso de la Justicia Nacional a la Ciudad de Buenos Aires; el establecimiento del juicio por jurados; y una serie de modificaciones a las leyes de Protección Ambiental para Control de Actividades de Quema, Bosques Nativos y Glaciares.
También hay modificaciones a la Ley de Educación Nacional; normativa sobre el INCAA y el Instituto Nacional de la Música; la Ley de Empleo Público; la Ley de Salud Mental y la Ley de Tránsito.
Fuente Parlamentario.com