Chubut: nuevo decreto sobre actividades permitidas y circulación
El Decreto de Necesidad y Urgencia adhiere al de Nación, incorpora actividades acordadas entre Arcioni y los intendentes y se mantienen restricciones a la circulación
En el Decreto definido en la provincia este lunes, que lleva el número 305 y fue firmado hoy por el Gobernador Arcioni se mantienen restricciones a la circulación y las excepciones a las mismas serán otorgadas por el Ministerio de Seguridad.
*Se habilita la ejecución de obra pública y privada y otras actividades comerciales, además de puntos de cobro extra bancarios no regulados por el BCRA.
*El Decreto de Necesidad y Urgencia dictado en Chubut adhiere al contenido y condiciones que estableció el gobierno nacional en el mismo sentido, con prohibiciones y excepciones, y realiza un ordenamiento de la normativa aplicable en el territorio provincial en el marco de la pandemia de Coronavirus.
*De ese acuerdo, que se elaboró el 14 de abril pasado en Rawson, se habilitaron las obras de infraestructura y construcción, sean públicas o privadas, y se comprenden todos aquellos servicios profesionales, técnicos, matriculados en caso de corresponder, y servicios afines. Dicha autorización tendrá validez de lunes a viernes de 8 a 16.
*También se habilitó a la denominada "red de cobranza extra bancaria" que no requiera autorización del Banco Central, y allí quedan comprendidos municipios, Cooperativas de Servicios Eléctricos y Agua Potable y operadores de TV e Internet. Podrán atender al público, con las restricciones vigentes en cuanto a la permanencia simultánea de personas, de lunes a viernes de 8 a 16.
Se establece además que dichas actividades se podrán ampliar cuando lo dispongan normas nacionales o provinciales.
*Se limita el horario de atención al público en todos los establecimientos comerciales hasta las 19,30, a excepción de las farmacias de turno, estaciones de servicio, panaderías, casas de venta de comidas ya elaboradas y los que integran el rubro gastronómico.
*En el caso del rubro gastronómico y otros productos alimenticios podrán funcionar a puertas cerradas de lunes a viernes, de 10 a 19.30, bajo la modalidad "comida para llevar", y de 10 hasta las 22 bajo la modalidad de "reparto a domicilio". Los viernes y sábados el horario de venta bajo la modalidad "reparto a domicilio" se extenderá hasta las 23.
*Se establece además que los comercios dedicados a la venta de productos alimenticios, cualquiera sea su modalidad o dimensión, se encuentran impedidos de comercializar productos de indumentaria, artículos de electrónica, electrodomésticos y afines de manera presencial.
Restricciones a la Circulación
*Se dispone que los vehículos particulares no podrán circular con más de dos ocupantes en el interior de su cabina; salvo motivos de urgencia o fuerza mayor, o razones debidamente justificados.
*La circulación dentro de los ejidos de las ciudades de Chubut se limita a las actividades autorizadas y se deberá cumplir de acuerdo a las reglas y los protocolos sanitarios establecidos a esos fines.
El Ministerio de Seguridad autoriza excepciones
*Las excepciones a dichas restricciones será ejercida a través de la plataforma digital del Ministerio de Seguridad de Chubut.
*Si por motivos de conectividad, no se pudiere implementar eficientemente la plataforma, en cada uno de los municipios y comunas, se establecerán lugares a los fines de la obtención de las autorizaciones pertinentes.
*También continúa limitada la circulación entre las ciudades de la provincia, a excepción de la relacionada con emergencias médicas, laborales debidamente autorizadas y a los transportes de cargas. Y se dispone la suspensión de los servicios de las líneas interurbanas de todas las Empresas de Transporte de la Provincia.
*Además se restringe al 50% la capacidad de los servicios de transporte de pasajeros en las líneas urbanas de todas la Empresas de Transporte de la Provincia.