Buscan extender las licencias por maternidad y paternidad en Argentina
Los empleadores ya no pagarían las Licencias, sino que lo haría la Seguridad Social. Además establece licencias para adoptantes, monotributistas y no gestantes
En un acto por el Día Internacional de los Trabajadores, que se celebra cada 1 de mayo, el Gobierno presentó un proyecto “Cuidar en Igualdad” que, entre otras cosas, busca extender las licencias por maternidad y paternidad que rigen hoy en la Argentina.
El evento se llevó a cabo en los exteriores de Casa Rosada y estuvo encabezado por Alberto Fernández, Sergio Massa, Claudio Moroni y Elizabeth Gómez Alcorta. Miembros del gabinete, otros dirigentes y organizaciones sociales también dijeron presente.
La iniciativa, que ahora deberá ser debatida en el Congreso, “modifica y crea normas sobre licencias laborales vinculadas a los cuidados”. Según explicaron, “la ampliación de las licencias parentales para no gestantes va a aumentar de manera progresiva hasta llegar, a los 4 años de entrado el vigor el nuevo esquema, a un marco igualitario de redistribución de los cuidados”.
El proyecto propone elevar la licencia por maternidad de manera progresiva hasta llegar a los 126 días. Aplica tanto para trajabadoras bajo la Ley de Contrato de Trabajo, Régimen de trabajo agrario, Régimen especial de contrato para el Personal de Casas Particulares, trabajadoras de la Administración Pública Nacional, monotributistas y Autónomos.
Asimismo, en el caso de las licencias por paternidad, que hoy son de dos días corridos a partir del nacimiento, la meta es llevarlas a 15 días en el primer año de vigencia de ley; 30 días en el segundo, 45 días a los 4 años; 60 días a los 6 años y 90 días a los 8 años.
La norma también impulsa que puedan gozar de esta licencia los trabajadores comprendidos dentro de la Ley de Contrato de Trabajo, el Régimen de Trabajo Agrario, el Régimen especial de contrato para el Personal de Casas Particulares, trabajadores de la Administración Pública Nacional, monotributistas y autónomos.
Además, la licencia para adoptantes, hoy inexistente, pasará a ser de 90 días a 4 años de entrada en vigor la norma.
Otro de los puntos de la ley “Cuidar en Igualdad” es que se crea la licencia por adopción y se amplían los plazos de licencias para los casos de nacimiento de un hijo con enfermedad crónica, discapacidad y discapacidad sobreviniente, prematuro y parto múltiple.
A partir de la sanción de esta iniciativa, las personas no gestantes y adoptantes pasarán a tener derecho al período de excedencia y los períodos de la licencia pasarán a ser cubiertos por la seguridad social en todos los casos.
Se creará además un contrato eventual específico para reemplazo de quienes están de licencia. Y la asignación para gestante, no gestante y adoptante será igual a la suma de remuneración imponible neta y no bruta, contemplando la cobertura de salud y previsional.
El proyecto propone crear además la asignación por maternidad, para no gestantes y por adopción para el caso de los trabajadores monotributistas, monotributistas sociales y autónomos que será equivalente a un Salario Mínimo, Vital y Móvil.
Se fijará además el mínimo de la asignación para los Trabajadores de Casas Particulares en un Salario Mínimo, Vital y Móvil.
Cómo será el nuevo esquema de Licencias
🔶Si se tratara de nacimientos o adopciones múltiples, la licencia se extenderá por el plazo de 30 días por cada hijo a partir del segundo. En los supuestos de nacimiento prematuro la licencia se extenderá por el plazo de 30 días.
🔶En caso de nacimiento o adopción de hijo con discapacidad o con enfermedad crónica, la licencia se extenderá por el plazo de 180 días.
🔶Se extenderá la licencia por fallecimiento de cónyuge o conviviente (estos últimos se agregan) y por hijo: pasarán de tres a cinco días.
🔶La licencia por muerte de hermano, que en la actualidad es de un día, será de tres.
🔶 También se crea la licencia especial para cuidado por enfermedad de persona a cargo, conviviente o cónyuge, que actualmente es de 2 días, a un máximo de 20 días por año.
🔶Por último, se establece la licencia por violencia de género, de hasta un máximo de 20 días por año.