A tres años de jubilarse, municipales podrán cobrar sin trabajar
Es uno de los beneficios laborales otorgado por ordenanza a empleados municipales durante la última sesión del Concejo. #Informate en qué consisten.
Durante la décimo tercera sesión del Concejo Deliberante de Esquel se aprobó un paquete de beneficios destinados a los empleados municipales.
Los mismos son: posibilidad de no asistir al trabajo, ni realizar las tareas, tres años antes de jubilarse; opción de trabajar cuatro días por semana percibiendo menos salario; opción de solicitar una licencia especial para estudiar o iniciar emprendimiento privado cobrando el 50% del salario; insertarse en la actividad privada manteniendo las cargas sociales y con la obligación para la empresa de contratarlo pasados dos años.
LOS BENEFICIOS EN DETALLE
-Empleados municipales que se encuentren a tres años o menos de acceder a la jubilación ordinaria vigente, podrán optar por dejar de asistir a sus lugares de trabajo y no cumplir con sus obligaciones laborales hasta la fecha de solicitar el beneficio de la jubilación ordinaria. Durante ese período percibirán el 80% de todos los conceptos remunerativos*, a saber: neto de los descuentos de ley, de la categoría en que revistaba el último año calendario anterior a la fecha de solicitar este beneficio, excepto bloqueo de título, adicional sereno, adicional por tareas nocturnas, adicional por inspección, adicional canes y/o drenajes, fondo estímulo fisco tributario (según Ordenanza N° 143/15), adicional por tareas riesgosas e insalubre y presentismo.
Asimismo, también recibirán los aumentos salariales que se vayan otorgando. El acuerdo finalizará apenas se dé por iniciado el trámite jubilatorio.
-Día libre semanal: el empleado podrá optar cumplir tareas solo durante cuatro días a la semana por el término de dos años, percibiendo el 80% de su salario, pero tiene vedadas las horas extras o adicionales salvo extrema necesidad y debidamente autorizadas.
-Licencias especiales: para terminar estudios de nivel terciario o universitario o iniciar un emprendimiento privado, por el término de un año.
Sólo podrán acceder a esta licencia aquellos empleados con más de tres años de antigüedad. Durante este período, el trabajador municipal cobrará el 50% de todos los conceptos remunerativos*
-Inserción en la actividad privada: quedará permitido a empresas la contratación laboral de empleados municipales de planta permanente o temporaria mediante un convenio por dos años, en el cual la empresa recibirá un subsidio equivalente al monto de las cargas sociales del trabajador correspondientes a la categoría otorgada al trabajador de acuerdo al Convenio Colectivo de Trabajo vigente en la empresa beneficiaria o a doscientos Módulos Municipales, el importe que resulte menor, por cada puesto de trabajo fijo creado.
Para las empresas rige la exigencia de no disminuir la plantilla de trabajadores fijos al tomar a ese trabajador, así como incorporarlo a su planta cumplidos los dos años a su cargo, además de una serie de requisitos en cuanto a su actividad económica, tener residencia en el ejido municipal, estar al día con obligaciones tributarias y de seguridad social, entre otras .
Por su parte, el Departamento Ejecutivo Municipal se obliga a no incorporar nuevo personal bajo ninguna modalidad de contratación durante el periodo de aplicación de estos beneficios.