¿Cuáles son las normativas y requisitos de la Municipalidad para realizar bailes de egresados?
Se acercan las fiestas de egreso de las distintas instituciones educativas de la ciudad. Desde el municipio informaron las tareas preventivas que deben realizarse y los requerimientos que deben cumplir los organizadores.
Se acerca fin de año y, con ello, los bailes de egresados de las distintas instituciones educativas de Esquel. Por este motivo, la Municipalidad se encuentra coordinando tareas preventivas de seguridad.
La secretaria de Gobierno, Lic. Mariela Sánchez Uribe, junto a la directora de Gobierno, Dra. Lorena Viera encabezaron la reunión, donde participaron Bomberos Voluntarios y Policía del Chubut con el objetivo de informar y coordinar acciones de seguridad y prevención entre todas las áreas implicadas.
En este caso, el personal municipal de área de Comercio informó sobre sus alcances y el desenvolvimiento de sus actuaciones según las normativas vigentes. Además, participó personal municipal de Tránsito e Inspección. También estuvieron presentes agentes provinciales de Seguridad Vial e integrantes de comisiones de padres.
Sánchez Uribe sostuvo que la reunión tenía como fin que las comisiones de todos los establecimientos tengan la misma información y puedan evacuar las dudas. Con respecto a los requisitos para la realización de este tipo de eventos, señaló que en principio se solicita una anticipación de 15 días para la presentación de toda la documentación.
En este sentido, se indicó que debe realizarse una nota dirigida a la Secretaría de Gobierno solicitando la autorización para realizar el evento, donde debe indicarse la denominación del evento, lugar de realización, fecha, hora de inicio y de finalización.
Además, debe adjuntarse la siguiente documentación:
-Fotocopia de DNI de los realizadores, organizadores, o patrocinadores del evento (Mayores de 21 años).
-Fotocopia de contrato de locación del lugar donde se desarrollará el evento. En caso que fuera cedido en calidad de préstamo debe adjuntarse nota de autorización.
-El lugar del evento debe contar con habilitación comercial vigente.
-Fotocopia del seguro de responsabilidad civil por el día del evento.
-Fotocopia de autorización de seguridad policial-Servicio adicional de la comisaria que corresponda según la jurisdicción.
-Fotocopia de comprobante de pago de Rentas de la provincia del seguro de servicio adicional de policía.
-Fotocopia de prestación de servicio de bomberos voluntarios.
-Fotocopia de prestación de servicio de ambulancia.
-Las entradas deben ser selladas por el municipio, las cuales no pueden exceder la cantidad de personas habilitadas en el lugar.
Desde el municipio se aclara que en estos eventos el servicio de cantina se encuentra habilitado para atención al público y venta de bebidas alcohólicas hasta una hora antes de la finalización. Pasada esa hora solo puede expenderse bebidas sin alcohol. Cabe destacar que la hora de finalización del evento es a las 5:30 horas.
También se precisa que queda prohibido el ingreso y la venta de bebidas en envases de vidrio y/o latas, solo queda habilitada la venta en envases plásticos.
Respecto a los productos alimenticios que se encuentre para su comercialización y/o expendido dentro de las instalaciones será inspeccionado antes del inicio del evento, con el objetivo de resguardar la salud pública. Se verificará fecha de vencimiento, rótulos de Código Alimentario Argentino, Ley 18.284, ordenanza 15/79, y 67/98, por lo cual los productos que no cumplan serán decomisados.
En el servicio de cantina solo podrán desempeñarse en la atención al público personas mayores de 21 años quienes deben poseer libreta sanitaria o carnet de manipulador de alimentos. En el caso que se disponga de servicio de buffet, las condiciones son las mismas.
Si para el evento se contrata servicio de food trucks o carritos de comidas, los mismos deben estar debidamente habilitados según la Ordenanza Municipal 107/17 y 106/17.
En cuanto a los menores de edad y su permanencia y/o asistencia al evento, de acuerdo a lo indicado en la ordenanza 141/05 no podrán ingresar o permanecer menores de 17 años después de la hora 0, salvo cuando permanezcan acompañados de sus padres y bajo su exclusiva responsabilidad.
El municipio también remarca que se encuentra prohibido el uso de pirotecnia según la ordenanza municipal 195/09 y 196/21.
Además, es responsabilidad de los organizadores del evento cumplimentar con el pago de tributos correspondientes a AADI CAPIF y/o SADAIC.